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TRIBUNALES MERCASEVILLA

Inhabilitación de 21 meses y 600.000 ? a tres acusados por Mercasevilla

Imagen del ex delegado de la Consejería de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, condenado a 21 meses de inhabilitación para emploe o cargo público y al pago de 600 .000 euros de multa. EFE/Archivo
Imagen del ex delegado de la Consejería de Empleo en Sevilla Antonio Rivas, condenado a 21 meses de inhabilitación para emploe o cargo público y al pago de 600 .000 euros de multa. EFE/ArchivoEFE

Según el fallo recogido en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se estipula que en caso de impago de la multa, que ha supuesto una rebaja conforme a los 900.000 euros para cada uno que pedía la Fundación Mercasevilla, se les condenaría a doce meses de prisión.

Asimismo, la Audiencia de Sevilla ha confirmado la absolución de la funcionaria Regla Pereira, tal y como decidió el jurado popular, y que se deduzca testimonio contra la secretaria de Rivas, Consuelo Vázquez, porque su declaración en el juicio como testigo puede suponer un delito de falso testimonio.

En el escrito se señala que los acusados eran conocidos de los representantes del Grupo La Raza, a los que se dirige el soborno, ya que habían intervenido en conversaciones previas a la confección del proyecto de formación y solicitud de la escuela de hostelería, y por sus cargos, "daban a entender que tenían competencia para decidir" sobre la gestión y concesión de la misma.

Se trata de una autoría conjunta del delito de cohecho por la actuación de Rivas, "ideando el soborno", contactando con Mellet y, a través de este, con Ponce, "quienes aceptaron realizar la petición de dinero que les planteaba, en beneficio propio o de terceros".

Para el magistrado presidente del tribunal del jurado, Ángel Márquez, las pruebas indiciarias permiten llegar "de forma lógica" a la consideración de que Rivas tuvo una "participación principal" en el soborno.

Asimismo, considera ajustada a las circunstancias la pena de 21 meses de inhabilitación solicitada por la "gravedad" que atribuye a las conductas de cohecho "atentatorias contra la imparcialidad y objetividad" de los funcionarios públicos.

Respecto a la multa, entiende "justa y ponderada" la de 600.000 euros, al tener en cuenta, entre otros aspectos, el papel de cada acusado, la situación económica de los mismos o su experiencia profesional y capacidad de trabajo.

En cuanto a la indemnización solicitada por la Fundación de Mercasevilla, considera que no es asumible que se conceda sin que se acredite previamente la inversión realizada, ni que se obligue a ejecutar la obra.

Sobre la condición de Mellet y Ponce, Márquez considera que concurren los requisitos para considerarlos funcionarios públicos a efectos penales, mientras que con Rivas su dualidad es "evidente" al ostentar el cargo de delegado provincial.

Ha añadido que Mercasevilla es una empresa mixta del sector público local que ejerce "una indudable función pública", aunque la relación entre los sujetos que la realizan y el órgano se regule "por normas no públicas".

El juez considera que Ponce, cuya defensa alegó que desconocía su consideración de funcionario a efectos penales, conocía "perfectamente la ilegalidad de su acción" por la posición que ostentaba en la empresa, y que por ello intentó ocultar el pago a los órganos de la sociedad y a la Agencia Tributaria.

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