La Audiencia rechaza el recurso de Repsol contra la multa del TDC por fijar precios
La petrolera ha asegurado que la sentencia no tendrá ningún efecto "ni jurídico ni económico" en la compañía.
La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso presentado por Repsol YPF contra la multa de 3 millones de euros que el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) le impuso en julio de 2001 por fijar los precios de los carburantes a sus gasolineras.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ratifica que las estaciones de servicio de Repsol no son meras comisionistas, ya que asumen riesgos, y por lo tanto no se les pueden imponer los precios.
La Audiencia Nacional entiende, tal y como sostenía la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES), que los contratos suscritos entre la petrolera y sus gasolineras a los que se refería la resolución del TDC no son de comisión o agencia.
El motivo, según la sentencia, es que los propietarios de las estaciones de servicio asumen riesgos, tanto financieros como por la posible pérdida o deterioro de los productos.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo señala, por ejemplo, que los titulares de las gasolineras están obligados a pagar la mercancía entregada con independencia de que se venda o no.
De acuerdo con estas consideraciones, la sentencia concluye que los contratos no pueden acogerse a las exenciones que fija la normativa de la Unión Europea (UE).
Multa de 3 millones de euros
El 11 de julio de 2001, el TDC multó a Repsol YPF con 500 millones de pesetas (3 millones de euros) por prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia, al fijar los precios de venta de los combustibles a las gasolineras que actúan en régimen de comisión o agencia.
La resolución fue recurrida por la petrolera por la vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional. Aunque la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de Repsol YPF, el TDC concluyó en julio de 2006 que la petrolera había cumplido "en sus términos" la resolución de 2001.
El fallo del TDC fue recurrido por la CEEES ante la Audiencia Nacional y se está a la espera de la sentencia.
Las gasolineras "se congratulan"
La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) ha anunciado hoy que considera la sentencia de la Audiencia Nacional conocida hoy permitirá a la mayoría de las gasolineras de Repsol YPF comprar carburantes a otros operadores y fijar libremente sus precios.
La CEEES destacó hoy, en un comunicado, que la sentencia considera probado que los contratos de Repsol no son de comisión o agencia y que, por lo tanto, la petrolera no puede imponer los precios a sus gasolineras. La consecuencia práctica, según la CEEES, es que la mayoría de los propietarios o arrendatarios de gasolineras podrá comprar los carburantes a Repsol o a cualquier otro operador y fijar sus propios precios.
Por ello, añade, los precios "no lo establecerán dos o tres compañías petroleras, sino más de 4.000 empresarios". La CEEES "se congratula" por sus asociados y por los consumidores y usuarios "que verán cómo la libre competencia redunda en beneficio de precios y servicios".
La CEEES espera para los próximos días nuevas resoluciones de la Audiencia Nacional referidas a esta cuestión.
Para Repsol, una decisión sin efectos
Repsol YPF, por su parte, ha asegurado tras conocer la decisión de la Audiencia Nacional, que ésta no tendrá ningún efecto "ni jurídico ni económico" en la compañía.
Fuentes de Repsol explicaron que la multa se pagó en su día y que los contratos a los que se refiere la sentencia ya no están en vigor, puesto que se han modificado en línea con las recomendaciones de la Unión Europea (UE).
Según la petrolera, tras esa modificación los propietarios de gasolineras pueden fijar libremente los precios en sus establecimientos.
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