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El director de la Agencia Tributaria defiende la lucha contra el fraude fiscal inmobiliario

El director de la Agencia Tributaria defiende la lucha contra el fraude fiscal inmobiliario

El fraude fiscal en el sector inmobiliario, la tributación de la vivienda y la nueva obligación para los inquilinos de consignar la referencia catastral del inmueble de alquiler en el que viven han centrado la mayor parte de la charla que Luis Pedroche, director general de la Agencia Tributaria, ha mantenido con los lectores de ELPAIS.es , CincoDías.com y CadenaSER.com.

La lucha contra el fraude fiscal en el sector inmobiliario ha sido la principal referencia de Pedroche al ir contestando a las sucesivas preguntas de los lectores. "Están previstas actuaciones de control de carácter vertical que incluya a los distintos operadores que intervienen en el proceso inmobiliario", ha afirmado Pedroche.

"¿Hay que apuntar los pagos que hace el inquilino al propietario?". Esta y otras preguntas similares eran las dudas más frecuentes de los lectores. Para zanjar la cuestión, el director de la Agencia Tributaria ha dejado claro que la nueva obligación de los inquilinos se limita a identificar "si el domicilio es vivienda en propiedad o en alquiler, y la identificación del inmueble, a través de la referencia catastral".

El arrendador sólo deberá consignar los pagos, por tanto, "en caso de que tenga derecho a la compensación fiscal por arrendamiento de vivienda habitual". Pedroche ha recordado además a otros lectores que las deducciones por cuenta vivienda que sobrepasen el límite o no lleguen a la cuota mínima, se pierden.

Internet, cada vez más protagonista

El director de la Agencia ha afirmado además que el papel de Internet en la tramitación de la declaración del IRPF es cada año más determinante, y ha desvelado que en 2003 "se presentaron 2,3 millones de declaraciones por internet, lo que representa mas del 15% del total de declaraciones con un incremento del 53% con respecto al año anterior".

Pedroche anima a realizar la tramitación por la vía electrónica, y recuerda que el plazo medio de devolución para una declaración con derecho a ella, de 28 días, se reduce a una semana en el caso de Internet.

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