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Desestimada la demanda del presidente de Spanair contra el director general de Iberia

El juez considera que Donaire no vulneró el derecho al honor de Pascual cuando calificó de "cacicada" el primer reparto de Barajas

El Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por el presidente de Spanair, Gonzalo Pascual, contra el director general de Iberia, Enrique Donaire, por una supuesta vulneración del derecho al honor en unas declaraciones efectuadas el pasado 20 de abril por el directivo de Iberia, en las que calificó de "cacicada" la distribución de compañías aéreas en el aeropuerto de Madrid-Barajas acordada el 30 de junio de 2003 por el anterior equipo gestor de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) y ratificada por el mismo organismo el 31 de marzo de 2004 ante un recurso administrativo interpuesto por Iberia.

De acuerdo con aquella resolución de Aena, revocada finalmente el pasado 2 de noviembre por la nueva administración presidida por Manuel Azuaga, Iberia y sus socias en Oneworld compartirían las instalaciones de la nueva terminal T4 con Spanair, Star Alliance y las aerolíneas integradas en el grupo Marsans, del que Gonzalo Pascual es copropietario.

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"Es una cacicada porque de otra manera no se entiende que estén en este terminal (la nueva T4) otras empresas que nada tienen que ver con una alianza (Star Alliance) y que, eso sí, pertenecen al grupo Pascual, como son Aerolíneas Argentinas y Air Plus Comet", esgrimía entonces Donaire argumentando un supuesto trato a favor de Pascual en la resolución de Aena.

Estas declaraciones llevaron al presidente de Spanair a presentar el pasado 19 de septiembre una demanda de protección del honor contra Donaire en la que solicitaba que el juzgado declarase tales manifestaciones como intromisiones al honor de los demandantes (Pascual y la sociedad mercantil Spanair)" y condenara "a la publicación de la sentencia que en su día se dicte en tres periódicos de tirada nacional a costa del demandado".

En los argumentos de derecho de la sentencia, ante la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, el juez no sólo determina que en las declaraciones de Donaire "no se cumplen los requisitos exigidos legal y jurisprudencialmente para apreciar una vulneración del derecho al honor de los demandantes", sino que además obliga a Pascual y a Spanair a pagar las costas del procedimiento.

Carentes de "intención vejatoria"

En primer término, el tribunal considera que las manifestaciones emitidas por el director general de Iberia "parecen más bien fruto de una pataleta que revestidas de una intención vejatoria o encaminada a menoscabar el aprecio público y respeto" de Pascual.

Asimismo, el juez argumenta que Enrique Donaire estaba "criticando una actuación de un organismo público, como es Aena, pues el término cacique tal y como se construyen las frases va dirigido a calificar no a Gonzalo Pascual ni a la entidad Spanair sino a la actuación administrativa encaminada a distribuir la nueva terminal T4 de Barajas".

En consecuencia, el tribunal determina que, de darse una posible vulneración del derecho al honor, "no sería la de los demandantes sino, y en su caso, la de la entidad Aena puesto que de ella es de quien se desprendía que su actuación fue arbitraria y abusiva".

El pasado 2 de noviembre, el órgano gestor de los aeropuertos españoles acordó revocar su resolución anterior, y trasladar a Spanair, las aerolíneas de Star Alliance y las del grupo Marsans a la terminal T1 de Barajas, dejando a Iberia y Oneworld en la T4.

Ante esta resolución, Spanair presentó a principios de diciembre un escrito de interposición ante el Juzgado Central de lo contencioso administrativo, anunciando al tribunal la presentación de una demanda de nulidad contra esta resolución, que será formalizada hacia finales de este mes de enero. Paralelamente, la aerolínea presentará un recurso ante la Dirección General de Competencia de la Unión Europea, que será presentado "a finales de enero o principios de febrero".

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