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COMISIÓN EUROPEA

Bruselas pospone una semana la decisión sobre los incentivos fiscales del País Vasco y Navarra

El portavoz ha asegurado que no hay problemas de fondo para tomar la decisión, sino simplemente un retraso en la traducción, por lo que la decisión se pospondrá una semana.

La Comisión debe decidir si son ilegales o no las ayudas, como ya hizo en el caso de dos empresas concretas que se acogieron a los esquemas, Ramondín y Daewoo Electronics Manufacturing España (Demesa).

Bruselas prevé tomar una decisión sobre los siete expedientes abiertos en julio de 1999. Tres de ellos hacen referencia al crédito fiscal de hasta el 45% de la inversión en activos fijos existentente en Vizcaya, Alava y Guipúzcoa entre los años 95 y 2000. Los cuatro restantes se refieren a deducciones de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, que también se han aplicado en Navarra.

El Gobierno vasco considera que, en caso de que la Comisión Europea decida declarar ilegales estos incentivos fiscales, la incidencia en las empresas vascas que se acogieron a estas medidas fiscales sería "muy limitada", ya que la mayoría de las empresas que ha recibido estas ayudas no han cubierto el límite permitido por la normativa comunitaria, que es del 25% de la subvención neta equivalente.

Además, explica que las normas forales cuestionadas fueron ya derogadas tras la llamada paz fiscal en enero de 2000, fecha en la que el Gobierno vasco y central alcanzaron un acuerdo.

Posible recurso del Gobierno vasco

El Ejecutivo vasco no descarta recurrir la decisión ante el Tribunal de Luxemburgo, al igual que ya hicieran las empresas Daewoo Electronics Manufacturing España, afincada en el polígono alavés de Júndiz, y Ramondín Cápsulas, ubida en Laguardia.

Por su parte, el Estado español recurrió el pasado mes de enero en la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco varias normas de las tres diputaciones forales vascas que regulan incentivos fiscales a la inversión y reducciones en las sanciones tributarias, al entender que suponen un incumplimiento de la paz fiscal firmada en enero del pasado año.

Las normas impugnadas establecen una deducción fiscal del 15% para la inversión en actividades de innovación tecnológica con certificado de calidad, mientras que la Ley General Tributaria del Estado contempla un beneficio del 10%.

Del mismo modo, las normas forales determinan una deducción del 15% para la adquisición de vehículos industriales o comerciales que contribuyan a la reducción de la contaminación, mientras que la ley estatal fija una deducción del 10%.

Asimismo, el recuerso presentado por el Estado se refiere también a las reducciones en las sanciones tributarias, que en el caso del País Vasco pueden llegar al 40% si el contribuyente sancionado se muestra conforme, frente al 30% que establece la Ley General Tributaria estatal.

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