_
_
_
_

El Ayuntamiento de Sanxenxo dice "que no está ni estará en quiebra" por la sentencia

El consistorio responsabiliza directamente a la ley de medidas urgentes en materia de vivienda aprobada por el bipartito

La Alcaldesa de Sanxenxo, Catalina González, ha afirmado que el Ayuntamiento "no está en quiebra, ni estará", a pesar de la sentencia judicial que obliga a esta administración a devolver los 3,8 millones de euros que percibió en virtud del convenio urbanístico suscrito con las empresas promotoras de un suelo urbanizable. González aseguró que la sentencia "no repercutirá en los servicios que presta el Ayuntamiento, ni en la aportación que los vecinos realizan a través del pago de impuestos". Y aprovechó su comparecencia para criticar que esta situación "deriva directamente" de la ley de medidas urgentes en materia de vivienda aprobada en al etapa del bipartito, que a su jucio, dejó a empresarios y administración "con nula seguridad jurídica".

Más información
Una sentencia obliga a Sanxenxo a pagar 3,8 millones a promotoras

"Esta sentencia supone un nuevo revés del que el Ayuntamiento de Sanxenxo saldrá airoso, al igual que de todos aquellos que fuimos afrontando en los últimos años", ha añadido González, quien ha recalcado que esta administración no se encuentra en una situación de quiebra técnica "ni lo estará mientras yo siga al frente de este Gobierno". A pesar de ello la oposición habla de una situación de quiebra y pide la dimisión de la alcaldesa.

A este respecto, la alcaldesa añadió que Sanxenxo no está entre "los municipios objeto de rescate" por parte de otras administraciones, ya que cumplió "siempre con todos los compromisos adquiridos, a pesar de la difícil situación que atraviesa el país y a la que esta administración no es ajena".

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra declaró firme la sentencia, emitida en el mes de mayo, en la que estimaba el recurso interpuesto por las empresas Emprosal 16 S.A., Llave del Año S.L. y Lanzagolf S.L., a las que ha de reintegrar la cuantía de 3.830.692 euros percibida en virtud del convenio urbanístico suscrito subscrito con las citadas promotoras del suelo urbanizable número 13, situado en Monte Faro. El Ayuntamiento ha decidido impugnar el fallo después de declararse desierto el recurso de apelación por no presentar el escrito de personamiento.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_