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El Supremo absuelve a Aparici por los vertidos tóxicos

Absuelto, porque no es tan grave incumplir la obligación de impedir unos vertidos tóxicos, como provocarlos. La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia exculpatoria de la sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón a Vicent Aparici, por los vertidos tóxicos y peligrosos en el basurero ilegal de Garrut en La Vall d'Uixó entre 1995 y 2003, cuando el hoy vicepresidente de la Diputación y senador electo por Castellón, era alcalde del PP en el municipio.

El Supremo lo exculpa pese a que "conocía los riesgos" del vertedero y estaba "obligado a actuar". Para los magistrados "la omisión del comportamiento debido" por parte del alcalde, no es equiparable a "la acción" de provocar el vertido. El alto tribunal condena a Marcelino Carretero, propietario de la empresa que depositó las basuras en el polémico vertedero, pero absuelve de los delitos contra el medio ambiente y prevaricación al alcalde que lo contrató a tal efecto y que era conocedor de la ilegalidad.

El fallo del Supremo se produce tras el recurso de la Fiscalía de Castellón contra la sentencia absolutoria de la Audiencia de hace un año, que no obstante consideraba probado que desde finales de los noventa se depositaron los residuos tóxicos en un vertedero que solo podía contener basuras domésticas.

También consideró probado que carecía de las mínimas condiciones de seguridad y control, y que llegaron a producirse a diario explosiones y emisiones de dioxinas "altamente peligrosas". Los vertidos se filtraron hasta el sistema hídrico.

Omisión

La Audiencia estimó que el único responsable de los hechos fue el empresario contratado por el Ayuntamiento, Marcelino Carretero, porque incumplió las condiciones de explotación, y le condenaron a 13 meses y medio de cárcel.

El ponente de la sentencia del Supremo, Andrés Martínez Arrieta, y Carlos Granados, Perfecto Andrés, José Ramón Soriano y Diego Ramos -el resto de sus compañeros de sala-, confirman la condena a Carretero y la absolución a Aparici aunque la gestión del vertedero era "caótica" y el alcalde, pese a que tenía "la obligación de actuar" no lo hizo "conociendo" el "evidente riesgo" y la "gravedad" de la situación. La "omisión no es equiparable a la acción". Aparici no conducía el camión de la basura.

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