La CAM lleva al juez a los dueños de un chalé que pagaron al contado
Tras cobrar, el promotor y la caja no cancelaron en el Registro la hipoteca
Pablo Ruiz y Jacqueline Rademakers pagaron casi medio millón de euros al contado por una casa en L'Alfàs del Pi, pero en el Registro de la Propiedad la vivienda aparece con una carga hipotecaria de 350.000 euros, por la que ahora Caja Mediterráneo (CAM) les presenta una demanda hipotecaria para quitársela. El 5 de junio de 2006 escrituraron su adosado con la anotación de que la hipoteca de 350.000 euros concedida al promotor estaba "contablemente cancelada" y "pendiente de su cancelación documental y registral". Sin embargo, en la actualidad siguen privados de su derecho de propiedad.
La petición de una nota simple de la vivienda para solicitar un préstamo personal en otra entidad bancaria avalado con el inmueble comprado descubrió el 25 de mayo de 2007 que no se había inscrito en el Registro la escritura de cancelación de un crédito que el promotor, Callosa Construcciones Puche, SL, había ocultado deliberadamente, según dicen, en la firma del contrato privado de compraventa de la casa el 4 de enero de 2006.
La notaría y la CAM aplazaron la cancelación de la hipoteca hasta que los cheques personales con los que los compradores acabaron de pagar la vivienda estuvieran ingresados en la cuenta vinculada al crédito hipotecario. El dinero, en efecto, fue a parar a esa cuenta, cuyo extracto tiene este periódico, pero no se utilizó para cancelar la carga, sino para pagar deudas con la Agencia Tributaria, recibos o atrasos con la Seguridad Social.
Jacqueline decidió acudir a los tribunales a denunciar a la CAM y al promotor, según el juzgado "en situación procesal de rebeldía", que fue condenado a "cancelar el asiento de inscripción correspondiente al derecho real de hipoteca", es decir, a anular la carga del Registro de la Propiedad. Sin embargo, en la contestación a la demanda, el abogado de la CAM, que fue absuelta, se justificó diciendo que tras ingresar el promotor el dinero en la cuenta vinculada a la hipoteca, esta no se canceló porque "las entidades de crédito necesitan una orden expresa de sus clientes para efectuar operaciones con cargo a sus cuentas", y que "la Caja en ningún momento recibió de su cliente instrucciones para cobrarse el préstamo hipotecario y cancelarlo anticipadamente". Finalmente, la entidad le subrogó el préstamo al mismo promotor, que pagó sus cuotas desde febrero de 2007 hasta julio de 2010.
Cómo este dejó de pagar, la CAM presentó en marzo una demanda de juicio hipotecario para intentar cobrar la deuda. Sin embargo, la caja se niega a informar a los dueños porque no son "ni deudores, ni clientes" y aunque la escritura de la vivienda dice que esta está pagada y así lo reconoció el promotor en el juicio, se enfrentan a la posibilidad de perderla.
Despedida por irregularidades
El juzgado de lo Social número 5 de Alicante ha acordado el despido procedente de la directora de una oficina de Banesto de La Vila Joiosa por "transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño de su trabajo", es decir, por irregularidades en su gestión.
La ejecutiva, que responde a las iniciales L.M.F, fue despedida el 24 de noviembre de 2010, a los seis años de su contratación como directora y está en situación de baja médica desde septiembre del mismo año. En un informe de auditoría interna del banco en el que trabajaba se relatan las irregularidades que dio por probadas el juzgado.
Entre las anomalías descubiertas, la despedida introducía datos inciertos de los clientes para que los préstamos fueran concedidos automáticamente por el sistema informático de la entidad. Algunos de ellos fueron utilizados para finalidades distintas de las autorizadas. De hecho, realizó 29 operaciones irregulares, como la concesión de 12 préstamos ICO o 16 préstamos al consumo, 15 de ellos de dudoso cobro. También manipuló cuentas de siete clientes sin autorización de sus titulares, financió irregularmente un préstamo para su padre y dispuso de 23.440 euros de seis clientes distintos a través de 12 reintegros.
La directora del banco alegó la prescripción de las faltas imputadas por haber transcurrido más de seis meses desde su comisión, pero el tiempo empieza a contar desde que la dirección de la empresa tiene conocimiento de los hechos.
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