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La creación de un monopolio "a favor de un grupo empresarial"

Han hecho falta 38 sesiones, 51 comparecencias e innumerables documentos para la redacción de las conclusiones parlamentarias del caso Margüello. Buena parte de ellas se basan en los informes de los distintos órganos del Gobierno vasco, como la Comisión Jurídica Asesora, la Oficina de Control Económico o el Tribunal de Cuentas, organismos a los que el exconsejero de Sanidad Gabriel Inclán y su equipo han lanzado duras críticas.

A juicio de Inclán, hay "errores de bulto" que se han ido reproduciendo -alegan indefensión porque no se les ha permitido dar explicaciones- desde los primeros análisis internos de la consejería en 2009 hasta informes posteriores como el del Tribunal de Cuentas. Este ha sido el más importante y el más vapuleado por el PNV.

Las conclusiones apuntan a una participación del exconsejero en las irregularidades en contratos de Sanidad con empresas ligadas a su amigo José Carlos Margüello, algo que él siempre ha asegurado desconocer. Inclán ha negado la existencia de un monopolio, apreciación que sí recoge el documento de conclusiones: "Todas estas actuaciones irregulares han tenido como consecuencia la creación de un monopolio a favor de un grupo empresarial en el que coinciden las mismas personas".

Innovación sanitaria

Una de ellas fue la aprobación en el Parlamento de un plan de choque contra las listas de espera. Bajo este argumento, Inclán externalizó la gestión de las listas a Gestión de Servicios Sanitarios XXI, vinculada a Margüello, una decisión que ha sido criticada por gestores del PNV como Iñaki Azkuna.

Al no tener infraestructura ni medios, la empresa firmó un contrato con la clínica San Francisco Javier para atender a los pacientes vizcaínos.

El documento recoge el testimonio de quien fuera gerente de la clínica en aquella época, que aseguró que el entonces director de Sanidad en Vizcaya, José Ramón Elorriaga, medió por la empresa para que lograra el contrato con la clínica.

El propio Elorriaga dio la autorización para contratar a la empresa, una procedimiento que no siguió los cauces habituales, por lo que fue anulado en 2010 y el caso ha llegado a los tribunales por un supuesto delito de prevaricación. Su explicación se centró en que la empresa era una solución "innovadora" y no necesitaba la autorización que, sin embargo, sí firmó.

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