El alcalde de Borriol, "no culpable" por un voto de diferencia
Fiscalía pedía más de tres años de prisión por malversación
Un jurado popular declaró ayer "no culpable" al alcalde de Borriol, Adelino Santamaría, acusado de un delito de malversación de fondos públicos por el que la fiscalía reclamaba tres años y medio de prisión y siete de inhabilitación, lo que le hubiera impedido volverse a presentar a las elecciones. La deliberación de los nueve miembros del jurado finalizó con cinco votos a favor de la no culpabilidad y cuatro contrarios a este veredicto.
El proceso se inició después de que el alcalde pagara más de 10.000 euros con fondos del Ayuntamiento para costear un litigio por una demanda que había presentado él mismo y en la que reclamaba una indemnización de 30.000 euros. Según dijo durante el juicio, la demanda iba a su nombre pero la presentó como alcalde de Borriol, para defender al Ayuntamiento de las acusaciones vertidas en un medio de comunicación local. También señaló que, en el caso de que hubiera ganado dicho litigio, que finalmente perdió, hubiera ingresado en las arcas públicas la indemnización que solicitaba.
Además, adujo que el pleito se perdió porque la sentencia indicaba que por su "posición de alcalde estaba sujeto a todas las críticas" y sostuvo que su actuación estuvo avalada por los técnicos. También admitió que no contaba con la autorización del pleno municipal para iniciar el pleito en nombre del Ayuntamiento ya que, a su juicio, no era necesario puesto que hay "una partida para gastos jurídicos".
Ahora, la Audiencia
Los técnicos municipales en ningún momento pusieron reparo al pago de las facturas que se presentaron para costear el litigio. En su declaración, la abogada que redactó la demanda aseguró que, en todo momento, pensó que lo hacía en representación del Ayuntamiento aunque la presentara a nombre de Santamaría. La abogada desveló además su seguridad de que el alcalde perdería el juicio y que pese a ello el regidor insistió en presentarla.
Ahora será la sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón la que dicte la sentencia que determinará, definitivamente, la culpabilidad o inocencia del alcalde.
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