De Prada: Colaborar con la banda "requiere mucho más que haber revelado información"
El magistrado discrepante, José Ricardo de Prada, señala en su voto particular que la supuesta revelación de información a un enlace de la red de extorsión o la supuesta no persecución de un delito no permite dar el salto en el vacío para llegar a la conclusión de que es un delito de colaboración con ETA, "que requiere mucho más".
De Prada, que en muchos pasajes de su voto argumenta como si el soplo estuviera probado, recuerda que los hechos se produjeron en un contexto de negociaciones entre el Gobierno y ETA para el fin del terrorismo. Y señala: "Llena de sorpresa a este magistrado el que esta sea la primera causa penal en la historia de España que por hechos de esta naturaleza se incoe y además llegue a este estado de tramitación, en que incluso se ha abierto procedimiento sumario, por delito de colaboración terrorista y se califiquen jurídicamente como tales, cuando existen multitud de episodios históricos en que se han llevado a cabo acercamientos y conversaciones propiciadas por los Gobiernos de turno con ETA, en el curso de las cuales se han producido de facto renuncias a la detención o persecución de los interlocutores terroristas a los que se les ha reconocido el estatus de tales. Recuérdese, al respecto, conversaciones de Argel, traslado de la cúpula de ETA a la República Dominicana llevada a cabo por aviones y pilotos pertenecientes al Ejército del Aire español, refugio de miembros de ETA en diversos países a instancias del Gobierno, conversaciones políticas tras las distintas treguas de ETA, que no dieron lugar a procedimientos o estos fueros archivados por falta del elemento intencional imprescindible en los delitos de colaboración terrorista".
De Prada concluye: "Es de tal contundencia y evidencia en el contexto donde se producen los hechos que de ninguna manera puede siquiera afirmarse a título de mera hipótesis que los miembros y fuerzas de Seguridad del Estado tuvieran ninguna clase de adhesión a los fines políticos terroristas, ni tampoco quisieran ni tuvieran ninguna intención de favorecer, ayudar colaborar o coadyuvar con ninguna actividad terrorista concreta o fines terroristas".
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