La Sala del 61 siempre ha fallado por unanimidad contra los 'abertzales'
Los alineamientos ideológicos no influyen en las votaciones de la ley de partidos
La Sala Especial del artículo 61, encargada de la aplicación de la Ley de Partidos Políticos, y más específicamente de los intentos de la izquierda abertzale radical por presentarse a todas las elecciones desde la ilegalización de Batasuna, no funciona por las mismas pulsiones que las demás salas, donde, según que temas, es más nítido el debate entre conservadores y progresistas. Hasta ahora, ninguna de las sentencias contrarias a las distintas formaciones, nuevos partidos, agrupaciones de electores o listas de abertzales empotrados en partidos legales ha tenido votos particulares de magistrados disidentes. Todas se han acordado por unanimidad. En general, puede decirse que la Sala Especial, en cuanto toca a la ley de partidos, y más concretamente a las formaciones herederas de Batasuna, no vota por bloques ideológicos.
La mayoría ha resuelto con mano izquierda las posiciones extremas
Eso no quiere decir que no haya habido debates, incluso disidencias que, sin embargo, luego no se han plasmado en votos discrepantes explícitos. El caso más sonado de esas discrepancias en la Sala Especial se registró en mayo de 2009, en la votación sobre la lista de los candidatos de Iniciativa Internacionalista-La solidaridad entre los Pueblos (II-SP) a las elecciones europeas, lista que encabezaban el dramaturgo Alfonso Sastre y la abogada Doris Benegas. Cinco magistrados de la Sala Especial -el ponente José Luis Calvo y cuatro de los magistrados más modernos- se pronunciaron a favor de la admisión de la lista.
Pero no puede decirse que fuese una votación ideológica: seis progresistas, entre ellos algunos tan reconocidos como Juan Antonio Xiol, Gonzalo Moliner, Fernando Ledesma o Encarnación Roca, votaron junto a conservadores tan decantados como Ángel Calderón o Juan Saavedra, en contra de admitir la lista de Sastre. En total, 11 votos a cinco, en contra de la admisión. Se acordó que el auto no contuviera votos disidentes, por lo que oficialmente fue una decisión unánime.
En algún otro caso, las posiciones extremas se han resuelto con mano izquierda por parte de la mayoría. Así sucedió cuando, en el debate sobre la inscripción de ASB (Abertzale Sozialisten Batasuna) en mayo de 2007, el magistrado conservador Manuel Marchena, que acaba de acceder al Supremo, planteó la inadmisión de las demandas del Gobierno y de la Fiscalía por una cuestión de forma. Aquel momento se superó sobre la marcha, dando un trámite de audiencia a los demandantes. Tras reanudarse la deliberación, un grupo de conservadores entre los que estaban Marchena, el presidente del Supremo Francisco Hernando y Ángel Calderón, intentaron ilegalizar, "de oficio", al partido Acción Nacionalista Vasca (ANV). La mayoría se impuso y el debate sobre la ilegalización no prosperó.
Las demandas contra Sortu tienen una dificultad objetiva de prueba, aunque el Gobierno confía en poder demostrar que, pese a su "rechazo" del terrorismo, son los herederos de Batasuna. A eso se contrae la cuestión: si son o no son, y si se puede probar suficientemente.
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