El TSJA archiva la querella por obstrucción contra el juez Serrano
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha archivado la cuarta querella contra el juez de Familia 7 de Sevilla, Francisco Serrano, derivada del cambio del régimen de visitas de un niño. Además, el alto tribunal ha unido otra nueva denuncia por presunta falsedad a las querellas que ya instruye por prevaricación contra este juez.
Por un lado, el TSJA ha archivado la querella por obstrucción a la justicia, por "violentar a los participantes en un proceso". La víctima sería el abogado de la madre, a quien el juez cambió las visitas de su hijo de 12 años para que pudiese salir en una cofradía del Viernes Santo de 2010. El TSJA entiende que se trata de un delito que no puede cometer un juez en el ejercicio de sus funciones, pero el abogado reclamante, Íñigo Moreno Lara, sostiene que Serrano "no estaba en el ejercicio de sus funciones sino que usurpó las competencias del Juzgado de Violencia sobre la Mujer", como competente en la causa de divorcio de los padres.
Ambas causas se refieren a la decisión del juez de cambiar el régimen de visitas del niño para que pudiese salir de paje en la cofradía de El Silencio, dada la supuesta oposición de la madre, con quien el menor debía estar esos días en virtud de la separación matrimonial.
Se trata de la cuarta querella contra Serrano referida a este asunto que es archivada, pues previamente lo fueron las relativas a presuntas lesiones físicas y psíquicas al menor, cohecho y revelación de secretos, esta última por la divulgación del auto judicial sobre el régimen de visitas que fue dado a conocer por el propio gabinete de prensa del TSJA.
Falsedad documental
Por otro lado, la Sala Civil y Penal del TSJA ha unificado la nueva denuncia del abogado de la madre por falsedad documental a la que ya instruye el juez Miguel Pasquau por presunta prevaricación dolosa, pues entiende que es "evidente la relación" entre ambos hechos. La falsedad documental que se imputa a Francisco Serrano deriva de la declaración de una funcionaria de su juzgado, quien dijo que ella misma, a instancias del juez, destruyó la primera hoja del acta de comparecencia en la que se pedía el cambio de visitas y la sustituyó "por otra distinta en la que se había eliminado el Número de Identificación General (NIG) de la causa".
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