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Tribuna:LA CUARTA PÁGINA
Tribuna
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Fiscalidad del trabajo y progresividad

El impuesto sobre la renta se ha convertido en un instrumento obsoleto, muy difícil de explicar a los ciudadanos, que grava excesivamente el trabajo y desincentiva la acumulación de capital humano

La presentación en el Congreso de los Diputados del Proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PPGE) no ha suscitado un debate público sobre las principales medidas que incluye. Desde el lado de los ingresos públicos, solo han circulado rumores sobre la posibilidad de aumentar el tipo marginal del IRPF para los contribuyentes con rentas declaradas más elevadas, como ya han hecho algunas comunidades autónomas. Esta propuesta no resulta obvia, dado que el tipo marginal máximo en España está fijado en el 43%, ligeramente por encima del 42,4% promedio de la UEM y significativamente superior al 37,5% promedio de la UE. No puede olvidarse que este tipo marginal desincentiva la acumulación de capital humano, en el que España es deficitaria, que es un determinante fundamental del crecimiento y del bienestar de los ciudadanos.

La progresividad del IRPF es similar al promedio de la OCDE y mayor que la de Alemania o Francia
Por una renta de 12.000 euros se pagan 244; por 24.000 euros se paga 13 veces más. Es inexplicable
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Existe una corriente de opinión que considera que la fiscalidad de las rentas del trabajo no es suficientemente progresiva. Pero la evidencia señala que el 50,1% de los declarantes con rentas inferiores a 15.000 euros soporta el 7,3% de la recaudación, mientras que el 4% de los declarantes de mayores rentas, superiores a 60.000 euros, soporta el 35,6% de la misma y el último 1% soporta más del 20% del peso del impuesto.

La única posibilidad de formar un diagnóstico sobre la progresividad es comparar la progresividad española con la de las economías desarrolladas. Para hacer esa comparación, se considera en cada país los tipos efectivos sobre las rentas del trabajo para trabajadores que perciban dos tercios y cinco tercios del salario promedio de dicha economía. Esta elección no es arbitraria; tiene relación con las rentas más frecuentes próximas a las bases de cotización a la Seguridad Social que, cuando están limitadas, soportan en la cota superior los mayores tipos impositivos. El cociente entre los tipos efectivos de ambas rentas representativas (34,2% y 41,6% en España, respectivamente) aproxima la progresividad de las rentas del trabajo. En España se obtiene un valor de 1,22 que significa que el tipo efectivo medio del salario superior se incrementa un 22% respecto al del salario inferior. Este resultado es similar al promedio que de la OCDE y al de economías tan progresistas como Bélgica, Canadá, Noruega, Reino Unido o Suecia. Pero lo que resulta más sorprendente es que la progresividad de la fiscalidad sobre el trabajo en España es mayor que la de Alemania, Austria, Francia, Italia o Países Bajos. No obstante, es posible que la cuestión más relevante no se centre en la progresividad de la imposición, sino en los propios tipos efectivos sobre el trabajo. En este sentido, se puede tener la misma progresividad con tipos impositivos muy diferentes. España presenta una progresividad similar a la de Noruega o Suecia, pero tipos efectivos sobre las rentas del trabajo similares a los noruegos (34,0% y 43,0%) pero más reducidos que los suecos (41,2% y 50,9%) y tiene una progresividad menor que Irlanda, pero con tipos impositivos que son superiores en ambos casos (22,5% y 39,1%).

Estos resultados llevan a centrar la atención en los tipos efectivos que soportan las rentas del trabajo en España. El tipo efectivo medio incluye los pagos por IRPF y por cotizaciones sociales, tanto de los asalariados como de los empleadores. En España aumenta desde el 37,25% para las rentas más bajas, inferiores a 12.000 euros, hasta alcanzar un máximo del 55,1% para una renta de 38.000 euros, que coincide con la base máxima de cotización a la Seguridad Social. Si se tomaran estos dos extremos, la progresividad aumentaría hasta el 48%. A partir de 38.000 euros, el tipo se va reduciendo lentamente a medida que aumenta la renta hasta alcanzar asintóticamente el tipo marginal máximo del IRPF del 43%. Ello explica que la fiscalidad sobre el trabajo se constituya en un factor central del análisis de la economía española, en la que coexisten una elevada tasa de desempleo y una imposición sobre el trabajo que llega a suponer el 55% del salario bruto. Resulta imprescindible abrir un profundo debate público sobre fiscalidad del trabajo.

Pero este comportamiento de la fiscalidad del trabajo se debe en buena parte a la naturaleza proporcional de las cotizaciones sociales al estar relacionadas con las futuras prestaciones. Además, las bases de cotización están limitadas dado que también lo está la pensión máxima del sistema de la Seguridad Social. Por lo tanto, para analizar la progresividad de la fiscalidad del trabajo debe centrarse la atención en el IRPF, que es la única fuente de la misma.

El problema es que el IRPF no es en absoluto un impuesto transparente. Normalmente, los ciudadanos solo saben que el tipo marginal máximo es del 43% y que existen una serie de deducciones que cambian en el tiempo. Sobre la progresividad saben poco. El impuesto vigente, en base al cual se ha cumplimentado la última declaración fiscal, supone que un ciudadano que obtiene una renta bruta del trabajo de 12.000 euros tenga que pagar, en el caso en que solo aplica las deducciones generales, 244 euros. Si se duplica la renta, la cifra a pagar por IRPF es 3.150 euros. El doble de renta produce un pago casi 13 veces superior. Muy difícil de entender. Si se vuelve a duplicar la renta, 48.000 euros, el IRPF resulta 10.455 euros, 3,3 veces el anterior y 43 veces el correspondiente a 12.000. Más difícil de entender. Si un ciudadano declara una renta bruta del trabajo de 30.000 euros, paga por IRPF 4.706 euros, 4,4 veces lo que pagaría con la mitad de renta, pero lo que más le sorprenderá es que solo el 19,6% de los ciudadanos declaren una renta superior. Y si declara una renta de 60.000 euros, paga 14.964 euros, 3,2 veces lo que el que gana 30.000: pero solo el 4% de los ciudadanos declaran una renta superior. Los ciudadanos conocen también la extremada complejidad del impuesto, que ponen de manifiesto las innumerables páginas que van calculando extraños conceptos que terminan arrojando la cuota a pagar. Todo ello configura un impuesto que no respeta los principios básicos para ser, como debe, la figura central del sistema impositivo. Se trata de un impuesto complejo, opaco, que no respeta la equidad horizontal ni tampoco la vertical; en definitiva, está obsoleto. Resulta casi imposible explicar este conjunto de reglas y excepciones a los ciudadanos. Como resultado, es muy difícil plantear un debate serio sobre el IRPF en España. Todo se limita a rumores sobre establecer un tramo más o menos, con un tipo marginal más elevado en un ejercicio extremo de demagogia. Como si fuera demasiado pequeño un tipo máximo sobre las rentas del trabajo del 43%, que es el doble más uno del tipo máximo sobre las rentas del capital que se sitúa en el 21%, después de haber aumentado un 40% los últimos años. O insuficiente la progresividad actual por la que el 4% de los ciudadanos que declaran mayores rentas soporta casi el 40% de la recaudación del impuesto. Casi imposible de explicar.

Pero la economía es, entre otras cosas, el arte de hacer sencillo lo casi imposible. Por ello, es posible definir la situación actual de las rentas del trabajo en el IRPF en España, sin considerar las deducciones no generales, mediante tres características muy sencillas que tienen la virtud, además de simplificarlo hasta límites insospechados, de conseguir una recaudación similar con una progresividad incluso mayor y de permitir la apertura de un debate público que podría ser apasionante. Primero, existe una renta ciudadana de 14.000 euros (14 pagas de 1.000 euros) no sujeta a cotización porque cubre las necesidades básicas, por lo que quedaría exento el 46,6% de los declarantes. Segundo, las rentas del trabajo que excedan de esta renta se gravan al tipo normal del 33%. Tercero, existe un tipo incrementado del 43% para las rentas más elevadas, en la cuantía que exceda de 100.000 euros o renta superior. El impuesto así definido, "doble tipo único", permite replicar con un grado de aproximación razonable las liquidaciones que se obtienen con el impuesto vigente para las rentas del trabajo y obtiene, ex ante, la misma recaudación, aumentando además la progresividad al eximir de cotización a las rentas más bajas. Su ventaja es evidente: extremada sencillez y transparencia, evitando el enrevesado entramado legal actual, polinomios incluidos. Su inconveniente es quizás también obvio: permitiría abrir un debate sobre la cuantía de las rentas ciudadanas y superior y sobre el tipo normal y el aumentado. Solo dos rentas y dos parámetros en los que centrar el debate público.

David Taguas es presidente de SEOPAN.

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