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Diplomacia común europea

Francisco Aldecoa LuzáRraga

Está pasando desapercibido por los medios de comunicación el nacimiento del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), uno de los más importantes legados de la presidencia española del Consejo de la Unión Europea. Concretamente, a través del llamado Acuerdo de Madrid del pasado 21 de junio, se toma la decisión política por parte de los representantes del Parlamento Europeo, de la Comisión, la Alta Representante, así como la presidencia de turno. Poco después, en el día 8 de julio, el pleno del Parlamento Europeo ha aprobado ese acuerdo por 549 votos a favor, 78 en contra y 17 abstenciones. Y en los próximos días, el Consejo de Asuntos Generales aprobará por unanimidad la decisión definitiva, que entrará en vigor el 1 de diciembre de este año, un año después del Tratado de Lisboa.

El acuerdo para crear un Servicio Exterior de la UE ha sido uno de los logros de la presidencia española
El prestigio que hoy tienen los deportistas lo tenían entonces los artistas

Con ello nace la diplomacia común, proyecto que surge con una resolución parlamentaria del año 2000 y que después la Convención Europea que redactó la Constitución Europea hizo suya.

La fórmula de ese servicio se debatía entre dos extremos. Por una parte, una diplomacia europea única que superara y sustituyera a la de los Estados miembros. Y, por la otra, mantener el sistema actual de reparto entre Comisión, Consejo y Estados miembros.

El modelo de Servicio Europeo de Acción Exterior, que se pone en marcha es el del Tratado de Lisboa y recoge en gran medida el acervo citado. Fusiona, por una parte, los servicios de acción exterior del Consejo y de la Comisión, e incorpora a los diplomáticos de los Estados miembros en comisión de servicios como agentes temporales. Estará bajo la autoridad de la Alta Representante, el antiguo ministro según la Constitución Europea.

El Parlamento Europeo, a través de sus propuestas y negociaciones a lo largo de estos seis últimos meses, ha conseguido reforzar la identidad comunitaria de este Servicio y mejorar el control político y presupuestario sobre el Servicio por parte de la Eurocámara. Al mismo tiempo, se ha conseguido que la Alta Representante fuera sustituida en sus alocuciones entre el Parlamento por los comisarios europeos o por el ministro de Asuntos Exteriores del país que asuma la presidencia. El Servicio Europeo de Acción Exterior engloba al conjunto de la acción exterior y, desde el 1 de enero de 2011, contará con un total de 1.525 funcionarios. Se espera que en un plazo de cuatro años lleguen a los 4.000.

Esto hay que enmarcarlo en las transformaciones generales que el Tratado de Lisboa dispone en materia de acción exterior, tales como la dotación de personalidad jurídica a la Unión Europea, la formulación de una política de responsabilidad, la creación de una figura de la Alta Representante (ministra) que aglutina y sustituye en su persona al antiguo Alto Representante del Consejo, al comisario de Relaciones Exteriores y al ministro de Asuntos Exteriores del país que ejerce la presidencia de turno en su calidad de presidente del Consejo de Asuntos Exteriores. También se transforman las antiguas delegaciones de la Comisión en embajadas de la Unión.

Con esta aportación del Tratado de Lisboa se resuelve la cuestión de la unidad en la formulación de la política exterior europea. Con la creación del SEAE se intenta solucionar el problema de visibilidad, eficacia y coherencia de la ejecución de la política exterior, en la medida en que va a depender de la Alta Representante a través de este servicio el conjunto de la administración dedicada a la acción exterior, tanto central como en las misiones en el exterior.

Posiblemente, la creación del Servicio sea un paso decisivo en la configuración de la Unión Europea como actor internacional.

Hasta ahora, se ha intentado en los últimos 15 años desarrollar primero la política exterior común y después su representación exterior y ahora se invierten los papeles enlazando con la lógica funcionalista tradicionales de los orígenes comunitarios. Con ello se racionaliza a su vez la representación exterior de la Unión Europea en su conjunto y se conseguirán dos efectos. Primero, la mayor relevancia de las embajadas de la Unión frente a las de los Estados miembros. Y segundo, la reducción de las misiones diplomáticas de los Estados miembros en aquellos países en los cuales su presencia era muy limitada. Esta representación podrá ahora ejercerse mejor a través de las misiones de la Unión.

El semestre de la presidencia española ha pasado, en gran medida, desapercibido por la crisis económica y por las innovaciones que el Tratado de Lisboa produce en la presidencia rotatoria. Sin embargo, esta ha desarrollado una labor discreta e intensa a través de los diversos consejos sectoriales que han funcionado bien y del Consejo de Asuntos Generales como en este caso.

Esta decisión puede tener una gran relevancia en la dinámica del conjunto de actuaciones de la política exterior de la Unión Europea y puede ser el catalizador de la puesta en marcha del gobierno económico exterior.

Francisco Aldecoa Luzárraga es catedrático de Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid.

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