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Condena menor por violar a una niña a lo largo de tres años

La Audiencia de Sevilla ha condenado a cuatro años y tres meses de cárcel a un hombre por violar a la hija de su compañera sentimental desde los ocho a los once años, cuando la madre descubrió los hechos y los denunció. A pesar de considerar demostrado el delito de agresión sexual, la sentencia rebaja la condena a cuatro años y tres meses de cárcel por la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso.

La sentencia recoge que el acusado J. G. M., de 39 años, entabló en 1998 una relación de pareja con C. B. R., por lo que convivía con esta mujer y con su hija. Desde que la niña tuvo ocho años, el acusado, con ánimo libidinoso y aprovechando las ausencias de la madre, le acariciaba los genitales y le introducía los dedos en la vagina, y amenazaba a la víctima diciendo que si lo contaba haría daño a su madre y hermanos. Los abusos se produjeron "incluso con una periodicidad diaria, dependiendo de la oportunidad de quedarse a solas con la niña", precisa la Audiencia, que añade que esta situación concluyó en junio de 2002, cuando la madre descubrió los hechos y los denunció.

El veredicto impone a J. G. M. el pago de una indemnización de 35.000 euros a la menor por el daño moral causado, así como la prohibición de aproximarse a ella y comunicar por cualquier medio durante cinco años. La dilación se debió a que la causa, denunciada en el Juzgado de Lora del Río (Sevilla), "no tuvo una actividad procesal relevante" entre noviembre de 2005 y noviembre de 2006. De nuevo, "por distintas vicisitudes procesales", el sumario no se declaró terminado hasta diciembre de 2008 y el juicio oral no se celebró hasta noviembre de 2009.

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