El Ejecutivo de Ibarretxe rehusó en 2007 regular el uso de las campañas
El de la publicidad y la comunicación institucional es un capítulo que ha ido creciendo de modo desmesurado en todas las Administraciones. Es un gasto con cargo a las arcas públicas del que se benefician los partidos en el poder. La existencia de una ley no evita por completo un uso ventajista de esos recursos, porque la línea que delimita la utilidad pública del autoensalzamiento en una campaña es a veces fácil de desdibujar. Pero el Gobierno central cuenta con una regulación desde 2005, lo mismo que Cataluña (2000), Andalucía (1995), Valencia y Aragón (2003), Asturias (2006) y Castilla y León (2009). Todos ellos han sometido a sus cámaras legislativas sendas leyes de publicidad y comunicación institucional. Navarra las tiene reguladas a través de una Orden.
En Euskadi, sin embargo, el último Gobierno de Ibarretxe rehusó en 2007 abordar la cuestión, mostrando su criterio contrario a la toma en consideración de una proposición de Ley que presentó el PP. A su juicio, resultaba suficiente la regulación establecida en 1989, a través del decreto que creó la Comisión Interdepartamental de Publicidad, con el objetivo de "mejorar la eficacia de las a acciones publicitarias" y de "realizar un seguimiento de la aplicación de la identidad corporativa del Gobierno". El Gobierno estimó que la propuesta del PP constituía "una simple reproducción" de la ley aprobada por las Cortes en 2005 y la tachó de innecesaria además, por considerar que no habían existido conflictos respecto de las actuaciones del Ejecutivo.
Gastos de la Consulta
Sin embargo, para esa fecha el Gobierno había sido cuestionado, por ejemplo, por la publicitación que realizó del plan Ibarretxe con dinero público. Y lo mismo ocurriría inmediatamente después de su negativa con la anulada ley de Consulta. En la Cámara hay todavía pendiente de respuesta una pregunta del PSE-EE sobre el gasto total que ocasionó ésta última. Otras campañas publicitadoras de acciones del Ejecutivo fueron cuestionadas por la oposición. Antes de la existencia de la ley estatal de 2005 las propias juntas electorales habían ido aplicando doctrinas más restrictivas sobre el uso de las campañas institucionales. En más de una ocasión distintos poderes públicos vieron impugnadas y suspendidas algunas de ellas por considerar que favorecían de modo descarado al partido en el poder.
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