Las alianzas, en el horizonte de las reformas militares
Recientemente, el ministro de Asuntos Exteriores, Marcelino Oreja, invitó a la clase militar española a pensar sus problemas en los términos de una alianza. El ministro atribuía tres funciones a unas fuerzas armadas: 1. prevenir mediante la disuasión que se llegue a una situación conflictiva; 2. servir de vehículo para mostrar la determinación o la influencia del estado en determinadas circunstancias, a manera de agentes de una negociación tácita; 3. articulación con fuerzas de otros países en el marco de una política común. Lo que ha descrito el ministro no son sino las características de unas fuerzas armadas que, por entenderse en el contexto de una alianza, han cambiado algunos aspectos de su naturaleza.Las FFAA españolas, bajo la triple influencia de las reformas políticas y militares en marcha, del tratado con los EE1UU y de la voluntad española de integración en Europa, tienen a la vista, como muestran las declaraciones de sus principales portavoces, un horizonte próximo: la posibilidad de ingresar en una alianza, y un horizonte remoto: su eventual participación en una comunidad europea de defensa.
Tanto la participación en una alianza como en una entidad defensiva europea requieren una participación efectiva con fuerzas asignadas a «roles» específicos. La alianza incorpora tanto el efecto disuasorio aludido por Oreja, como constituye por sí misma el terreno de negociación de los «roles» y de puesta en práctica de una política común. La calidad y cantidad de las fuerzas asignadas determinan el peso político del país que las aporta., No es que se aporten fuerzas en razón del peso político que se tiene, sino que se adquiere peso político porque se aportan. Esto supone una transformación en la forma de ejercer la soberanía del estado: se afirma ésta mediante la adquisición de poder político, atribuido y reconocido por los otros actores, en función de la importancia de las fuerzas signadas a. la alianza.
La asignación de fuerzas, por otro lado, constituye la forma que reviste en una alianza el efecto disuasorio que se espera de unas fuerzas armadas. Es asignando fuerzas a un mando integrado, como se puede articular la fuerza que tiene que cumplir un fin disuasorio. Disponer de unas fuerzas armadas potentes pero no asignadas, ni acrece el poder político ni permite la adquisición de poder disuasorio, a no ser que la potencia militar propia se eleve a volúmenes comparables- a los del conjunto de la alianza. Por el contrario, asignar fuerzas propias sin potencia, debilita la cohesión y capacidad de la alianza, y por tanto su capacidad disuasoria.
El efecto que se debe buscar al asignar fuerzas a una alianza es el de insertarles en áreas críticas del sistema defensivo, áreas que no tienen por qué ser extensas, pero que, en todo caso, deben ser cubiertas a plenitud, constituyendo uno o más eslabones, no importa de qué tamaño, pero sólidos y cerrados, y capaces de sostener y tirar de toda una cadena que sujeta a, y permite, el libre curso de la fuerza, según la doctrina de uso que se haya adoptado. En la OTAN, la doctrina vigente es la de respuesta flexible (de las armas clásicas pasando por diversas escalas o umbrales a las armas estratégicas nucleares) y defensa avanzada (la defensa comienza en el límite territorial de la alianza, y no se puede acudir al recurso táctico de ceder terreno) '
De ahí que el esfuerzo defensivo en una alianza deba dirigirse a la aportación de fuerzas y capacidades muy específicas, para funciones precisas, seleccionadas según el principio de la división del trabajo, en condiciones que no son difíciles de pactar, porque éstas vienen escritas en los caracteres de la geografía política y de la economía, que pueden ser leídos por todos.
La actual estructura militar española, refleja la dificultad de aportar fuerzas significativas a la alianza. El reparto del gasto militar limita los esfuerzos para la formación y dotación de aquellas unidades que serían más aptas para rendir el esfuerzo requerido por los principios de defensa avanzada y respuesta flexible: unidades dotadas de alta movilidad, potencia de fuego abrumadora y capacidad de reposición masiva y rápida de equipos y suministros.
La formación de unidades que aspiran a reunir esas características depende hoy en España de unos recursos que son tan preciosos como escasos. Básicamente son los 36.000 millones asignados por la ley 32/71 de dotaciones presupuestarias para las FF AA, con los que se deben construir o comprar el material, los sistemas de armas, más sus repuestos, más la munición y los combustibles, además de su fragar el entrenamiento y maniobras.
La ley 32/71 estableció de modo fijo, tanto el aumento anual de las asignaciones como el reparto de éstas entre los tres ejércitos. Concebida con un plazo de vigencia de ocho años, ahora acaba de ser revisada (real decreto-ley 5/77, de 25 de enero), con el doble objetivo de añadir 4.500 millones a las inversiones previstas originalmente' (para corregir el aumento del costo. de los materiales y mano de obra), y para prolongar su vigencia hasta 1983. La ley deberá ser revisada otra vez en 1979. Quizás entonces estén ya maduros los criterios que harían aconsejable la integración de España en una alianza, o la adopción de otra vía más independentista. En todo caso, ésa sería otra buena oportunidad para que las dotaciones presupuestarias se adjudicasen de acuerdo con la valoración política que de la situación estratégica hiciesen tanto el Gobierno español de hoy y los de mañana, como el futuro Parlamento, por un lado, y los gobiernos y consejos potencialmente aliados.
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