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OPINIÓN
Columna
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Autonomía política

El Supremo ha cortado por lo sano la tentativa de invadir la autonomía del Gobierno maquinada por grupos de la derecha radical que enarbolan engañosamente las banderas del Estado de Derecho y de la separación de poderes. La cúpula del Poder Judicial ha mostrado su lealtad a la Constitución al desautorizar las maniobras a favor del llamado gobierno de los jueces que las tendencias al abuso inscritas dentro de las propias instituciones contramayoritarias -apunta Pierre Rosanvallon en La legitimidad democrática (Paidós, 2010)- podrían facilitar.

Las asociaciones Foro Ermua y Dignidad y Justicia interpusieron a mediados de 2006 ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), como acusaciones populares, una querella contra el lehendakari Juan José Ibarretxe y contra los socialistas Patxi López (su sucesor en el cargo) y Rodolfo Ares (actual consejero vasco de Interior) por un estrafalario delito de desobediencia en tanto que cooperadores necesarios por haberse reunido (el 19 de abril y el 6 de julio de 2006, respectivamente) con Arnaldo Otegi y otros cuatro antiguos dirigentes de la ilegalizada Batasuna (también querellados). Esas publicitadas reuniones se proponían explorar las posibilidades -luego frustradas- de un final dialogado de la violencia abiertas por la tregua de ETA de marzo de 2006. El delito de desobediencia habría sido cometido por el incumplimiento de la sentencia de la Sala Especial del Supremo de marzo de 2003 que disolvió Batasuna y prohibió sus actividades.

La utilización del derecho penal para corregir la dirección política del Gobierno sería un fraude constitucional

El TSJPV negó hasta seis veces las peticiones de sobreseimiento de los querellados. El obcecado empeño del tribunal por celebrar la vista oral a toda costa perdió cualquier justificación razonable tras un auto del Supremo que rechazó a finales de 2006 una querella de Manos Limpias contra el presidente del Gobierno y altos cargos y dirigentes socialistas (entre ellos, Patxi López) por los mismos hechos. Finalmente, el TSJPV dictó el 15 de enero de 2009 -semanas antes de las elecciones vascas- el archivo de la causa con el argumento de que los acusadores públicos no podían por sí solos (el fiscal había desistido) mantener el ejercicio de la acción penal.

Aceptados el recurso de casación interpuesto contra el auto del TSJPV por los querellantes y la cuestión previa sobre el fondo del objeto del proceso planteada por Ibarretxe, el Supremo ha accedido a las dos pretensiones. Por una parte, reconoce al Foro de Ermua y a Dignidad y Justicia legitimidad procesal para promover la vista oral como acusaciones públicas. Por otra, sin embargo, dicta el sobreseimiento libre de la causa por razones de fondo. La dirección de la política -confirma el Supremo- corresponde al Gobierno democráticamente elegido, no a la jurisdicción penal; sería un fraude constitucional pretender lo contrario. Aplicado ese principio a las conversaciones de Ibarretxe y Patxi López con Batasuna, el diálogo en busca "de la mejor opción de gobierno que garantice la ordenada convivencia social" no puede ser criminalizado por los tribunales penales.

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