La Audiencia no ve injurias en el caso del falso espionaje
La Audiencia de Sevilla ha confirmado la absolución de los periodistas del diario El Mundo Francisco Rosell y Javier Caraballo del delito de injurias graves con publicidad por haber publicado en 2001 que Manuel Chaves ordenó espiar al entonces presidente de Caja San Fernando, Juan Miguel López Benjumea, en el contexto de la renovación de órganos directivos de cajas de ahorro andaluzas.
La Audiencia desestima así el recurso contra la primera sentencia absolutoria presentado por el ex presidente de la Junta y actual vicepresidente tercero del Gobierno junto con Luis Pizarro, vicesecretario del PSOE andaluz. Ambos dirigentes socialistas se habían querellado contra los periodistas, así como contra Benjumea y el detective privado Joaquín Corpas, tras publicarse la información.
La sentencia pone de manifiesto que "no se ha acreditado en el proceso la existencia real de los seguimientos a López Benjumea (...) y mucho menos que esos seguimientos afectaran" al ex presidente de El Monte, Isidoro Beneroso. Añade también que los periodistas no actuaron "con la diligencia profesional exigible en la comprobación de una noticia gravemente lesiva del honor y reputación de los afectados", en alusión a la afirmación de que Chaves había ordenado el espionaje.
Sin embargo, establece que "no puede considerarse que los periodistas querellados actuasen con temerario desprecio hacia la verdad, lo que conlleva que no hayan podido incurrir en la responsabilidad penal". Chaves y Pizarro recurrirán al Tribunal Constitucional.
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