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TVG incumple una sentencia firme por discriminación ideológica

La sentencia que condena a CRTVG a restituir al cámara Santiago García en su puesto laboral de seguimiento del presidente de la Xunta no admite recurso: "Esta resolución se notifica a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recursos". La resolución del juzgado de lo Social número 1 de Santiago, emitida el 15 de octubre, acusaba a la dirección de la televisión pública de "discriminación ideológica" y recordaba la militancia sindical de García.

Ayer, el director general de la compañía, Alfonso Sánchez Izquierdo, aseguraba en el Parlamento que acatará la sentencia "cuando sea en firme, tras el recurso". El juzgado ya ha rechazado el anuncio de recurso de súplica y en breve se pronunciará sobre el de casación. Pero el fallo emana de la Ley de Procedimiento Laboral en su sección sobre modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo. "La sentencia, que no tendrá recurso y será inmediatamente ejecutiva, deberá ser dictada en el plazo de diez días", reza el artículo 138. La abogada de García anunció que el lunes presentará una demanda de ejecución forzosa de la resolución.

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