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El Supremo aplicará el Código Militar a la Guardia Civil

La Sala Militar del Tribunal Supremo hizo pública ayer la sentencia que proclama el carácter militar de la Guardia Civil a efectos de la aplicación del Código Penal Militar aun cuando los agentes se dediquen a tareas policiales y no militares.

La sentencia, redactada por el presidente de la Sala, Ángel Calderón, mantiene la condena de tres meses y un día de prisión para el guardia civil A. A. S. por un delito de insulto a un superior.

El Supremo mantiene que el Código Penal Militar es aplicable a los guardias civiles cuando cometan cualquier infracción que no esté estrictamente relacionada con las labores policiales que realiza el cuerpo. Cuando el guardia insultó al superior, no se encontraba desempeñando funciones de protección de los derechos y libertades o de garantizar la seguridad ciudadana, señala el Supremo.

Sobre la sentencia han disentido los magistrados Ángel Juanes y José Luis Calvo, que señalan que nadie discute la condición militar de la Guardia Civil, pero que la Ley del Régimen Disciplinario del cuerpo, del año 2007, dispuso que el Código Penal Militar debe quedar circunscrito a los supuestos de tiempo de guerra, vigencia del estado de sitio, cumplimiento de misiones de carácter militar e integración en unidades militares.

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