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Análisis:Carreras & Capital humano
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Nuevas críticas a los ERE

La debacle que está sufriendo el empleo ha provocado que se alcen numerosas voces, proponiendo las más variadas soluciones. El mercado de trabajo no parece estar respondiendo a la crisis y se hace patente la necesidad de su reforma. Por supuesto, patronal y sindicatos no se ponen de acuerdo sobre los cambios.

Los empresarios creen que es necesario dotar de "flexibilidad" al mercado laboral, muy rígido, heredero del proteccionismo franquista. Los sindicatos se muestran reacios a perder derechos adquiridos. Pero la recesión puede hacer que más de uno rehaga sus planteamientos.

Viejas discusiones saltan a la palestra como, por ejemplo, el "abaratamiento" del despido. Otro de los temas que está suscitando abundantes críticas son los expedientes de regulación de empleo (ERE), en especial, la necesidad de su autorización por la autoridad laboral.

Se trata de una antigua reivindicación. Hay quienes entienden que la intervención de la Administración, en estos casos, es contraria al derecho de libertad de empresa que reconoce la Constitución. Algunos juristas abogan por la eliminación de los ERE. Pero los sindicatos defienden la garantía que supone para el trabajador.

En nuestro ordenamiento, el despido colectivo (también la suspensión) debe tramitarse a través de un expediente de regulación de empleo, que debe ser autorizado por la Administración competente.

En este sentido, hay que señalar que la legislación europea impone la intervención de la autoridad laboral en los despidos colectivos, pero no exige que los autorice. Sólo requiere que le sean notificados, pudiendo la Administración proponer alternativas, menos lesivas de los derechos de los trabajadores. A estos efectos, la mayoría de los países europeos otorga a la Administración un papel de vigilancia, control y mediación, no de autorización.

En España, la intervención de la Administración en los ERE provoca que el control de su legalidad se atribuya a los tribunales de lo contencioso-administrativo, lo que puede suponer alargar el proceso años y años. Por ello se propugna un procedimiento más ágil que, garantizando en lo posible el interes de los trabajadores, permita una adaptación más flexible de los recursos de la empresa a los vaivenes del mercado.

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