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Absuelto por abofetear a su mujer para tranquilizarla

La Audiencia de Alicante absolvió a finales del año pasado a un hombre que abofeteó a su esposa para que se tranquilizara. La decisión revoca una sentencia previa del Juzgado de Lo Penal número 4 que condenó al acusado a 20 días de trabajos en beneficio de la comunidad y fijaba una orden de alejamiento de su esposa de seis meses por maltrato en el ámbito familiar.

El alto tribunal, la sección 1ª de la Audiencia, argumenta en su decisión que para que un acto como el juzgado se considere violencia sexista requiere que se realice con intención de "menoscabar la integridad física o psíquica de la mujer", voluntad que no se da en este caso según la sentencia. La víctima padece la enfermedad de Corea, que se traduce en movimientos involuntarios y descontrolados en las extremidades.

La sala destaca que tanto los testimonios de las partes como los informes médicos aportados coinciden en que el acusado no pretendió infringir ningún daño físico o psíquico a su mujer. La bofetada se produjo a raíz de una discusión entre la pareja por motivos domésticos, durante la cual la mujer empezó a lanzar objetos a su marido. En su testificación ante el juez, el ahora exculpado explicó que no tuvo más remedio que abofetear a su esposa para lograr "tranquilizarla". La víctima corroboró la versión de los hechos ofrecida por su marido en el juicio oral.

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