De 250 a 600 euros en caso de sobreventa o gran retraso
En caso de cancelación de un vuelo, overbooking (sobreventa) y grandes retrasos que ocasionan perjuicios, el pasajero de una compañía aérea tiene derecho a una compensación, que va de los 250 a los 600 euros, en función de la distancia del viaje. Las asociaciones de consumidores están animando a los afectados por los problemas en Barajas a reclamar esas compensaciones. Y recuerdan que las compañías están obligadas a asesorarles sobre sus derechos.
Tanto la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) como Facua-Consumidores en Acción están pidiendo, con motivo de la supuesta movilización de los pilotos de Iberia, que se regule el derecho de huelga. "La no oficialidad impide la fijación de unos servicios esenciales para los usuarios", se queja la OCU en un comunicado, que también recuerda que "Iberia no puede alegar razones de fuerza mayor para negar la indemnización a los usuarios de vuelos cancelados".
La normativa excluye de las compensaciones las situaciones de fuerza mayor. "Es algo que las compañías suelen alegar para evitar pagar a los pasajeros", denuncia Rubén Sánchez, portavoz de Facua. Su organización considera que debería modificarse la legislación para que los usuarios que tengan derecho a compensación la reciban automáticamente, sin necesidad de presentar una reclamación. "Las compañías saben perfectamente qué pasajeros han sufrido una cancelación, pero también saben que de 100 usuarios, a lo mejor sólo reclaman 10. Por eso no suelen informar", afirma Sánchez.
La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (Ceaccu) ha recomendado incluso reclamar por vía judicial los daños y perjuicios ocasionados que, al haberse producido en vacaciones, con reservas de hotel y conexiones perdidas con otros vuelos, pueden llegar a los 900 euros por persona.
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