Depósitos en la picota
La bancarrota de Lehman pone en entredicho la invesión en algunos estructurados
Puede que sea una casualidad, pero parece poco probable que el Banco de España haya decidido justo ahora dar un toque de atención -en su último informe trimestral, el Servicio de Reclamaciones le dedica todo un apartado- a los comercializadores de depósitos estructurados (bancos y cajas de ahorro). En estos días, en los que se hacen cábalas sobre el montante que los inversores españoles tienen pillado en productos estructurados y fondos de inversión vinculados a Lehman Brothers, la advertencia, que incluye pista para los afectados, cobra todo su sentido.
Respecto a este asunto, no hay que olvidar que, por un lado, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dejado claro que los fondos con posiciones en Lehman no están cubiertos por el Fondo de Garantía de Inversiones pues éste no protege las pérdidas de valor de la propia inversión o cualquier riesgo de crédito inherente a los valores y, por otro, que desde el Banco de España se señala que tan sólo supervisa los productos estructurados en los que la entidad a través de la que el inversor ha contratado el producto es una entidad de crédito nacional (banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito) o extranjera (entidad con sucursal en España o autorizada a operar sin establecimiento permanente en España) y siempre que la inversión inicial está garantizada o, dicho de otro modo, siempre que el inversor pueda obtener una rentabilidad nula, pero nunca incurrir en pérdidas.
Los estructurados, por su complejidad, no son adecuados para buena parte de los inversores
A pesar de la anterior precisión, es el propio Banco de España quien en su último informe del Servicio de Reclamaciones, correspondiente al primer trimestre de 2008, dice textualmente: "Estos depósitos son productos cuya configuración alcanza un cierto grado de complejidad. Para su correcta comprensión y valoración, en cuanto a su adecuación a los objetivos de rentabilidad del cliente, se requiere, en opinión de este Servicio, una formación financiera claramente superior a la que posee la clientela bancaria en general. Por tanto, se consideran productos poco adecuados para ser ofrecidos al público de forma general e indiscriminada, sin el soporte informativo necesario, y a través de la red comercial de oficinas".
Aún va más allá: "No podemos dejar de señalar la rigidez que este producto presenta para los clientes, a los que se impide (en muchos casos, expresamente) su cancelación antes del vencimiento, lo que se traduce (teniendo en cuenta las fórmulas de rentabilidad aplicadas) en la obligación de dejar sus fondos cautivos a un tipo de interés del 0% (generalmente desde el momento en que el interés resultante para una liquidación es el 0% hasta la fecha de vencimiento). Sin embargo, el producto resulta completamente flexible para la entidad, ya que le permite reaccionar (y así se ha constatado que sucede) si el escenario financiero le es perjudicial y cancelar sin más el depósito".
La regañina continúa: "Es opinión de este Servicio de Reclamaciones que una entidad de crédito, antes de proceder a la comercialización de productos como el que aquí nos ocupa, debe realizar un esfuerzo de información y asesoramiento a sus clientes, para que éstos puedan llevar a cabo una razonada toma de decisiones y evitar así que puedan verse sorprendidos con resultados indeseados y en ningún modo esperados".
La "pista" para los cientos de inversores afectados por Lehman o cualquier otro depósito estructurado con dificultades se reserva para el final: el criterio anterior del Banco de España "es acorde con el contenido de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Palma de Mallorca el 15 de noviembre de 2004, en la que condenaba a la entidad demandada a indemnizar por daños y perjuicios a su cliente, al haberle asesorado indebidamente acerca de un producto de rentabilidad variable en función del beneficio distribuible y el riesgo de mercado, en lugar de un depósito de renta fija. La sentencia citada consideró que la entidad asesoró erróneamente a su cliente, al no haber tenido en cuenta su perfil inversor; y que le informó de manera sesgada de las características esenciales y reales del producto contratado.
En este sentido, "entiende que el sistema bancario español ha de garantizar a los clientes de entidades de crédito una adecuada transparencia, ofreciendo a cada cliente una información más personalizada, más allá de lo que la normativa exige, con lo que se trata de ofertar a cada cliente los productos financieros según sus necesidades y perfil de riesgo".
'Reservas' del banco central
El Banco de España tiene su opinión respecto a los productos estructurados y ha manifestado sus criterios:
1. La tipología de productos estructurados es muy variada. Pequeños cambios en las diferentes fórmulas contractuales pueden implicar importantes diferencias de un producto respecto de otro, por lo que la información detallada sobre este tipo de productos, nuevos y cambiantes, resulta del máximo interés para evitar sorpresas desagradables.
2. Los inversores deben ser conscientes de que, aunque este tipo de estructuras puede proporcionar mayor rendimiento que un bono tradicional, ello se consigue (generalmente) gracias a incorporar un nivel superior de riesgo.
3. En los productos estructurados, el emisor puede diseñar el producto financiero sin preocuparse demasiado del riesgo soportado, puesto que va a poder cubrirlo a través de un derivado financiero (por ejemplo, cediendo a un tercero el riesgo implícito del producto estructurado a través de una operación de swap). En el caso del inversor minorista, la posibilidad de cubrir el riesgo o es más limitada o no existe. -
La oferta del mercado
UNICAJA: DEPÓSITO COMBINADO 12. Depósito estructurado a dos años que ofrece el 100% del capital garantizado y una rentabilidad fija y asegurada del 12% sobre la mitad de la inversión y una rentabilidad entre el 4% y el 14% referenciada a una cesta de acciones del IBEX 35 (Telefónica, BBVA, Iberdrola, Repsol y Santander), para la otra mitad de la inversión.
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