¿Quién nombró a Earl Warren?
La realidad política se ha impuesto, digan lo que digan los textos constitucionales y legales, a la hora de renovar instituciones claves en nuestra democracia, como son el Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional. Y esa realidad es la de un descarnado spoil system a la española, es decir, reparto de cuotas correlativas al poder de cada uno. En el caso de los nacionalistas vascos y catalanes, siempre francos y directos en lo de entender los aspectos retributivos de la política, se ha llegado a nombrar directamente para los cargos de consejeros a quienes hasta ayer mismo eran diputados suyos en el Congreso. ¿Para qué guardar las formas, habrán pensado, si de lo que se trata es de gobernar una institución? ¿Qué mejor que designar como miembro representante a un diputado de toda confianza y obediencia?
Hacer vitalicios algunos cargos en la judicatura haría más independientes a los jueces
Han pasado más de 100 años desde la época de la Restauración y es triste comprobar que determinadas características de la política española permanecen enquistadas a prueba de democracias y modernidad. En este caso, la de que los partidos políticos actúen finalmente como partidas, que se reparten los puestos disponibles en instituciones públicas, consejos consultivos, organismos reguladores y todo lo que no esté protegido por la carrera burocrática. De forma que cada cambio electoral va seguido de los "ceses" de los paniaguados de los partidos perdedores. Mientras la sociedad civil y la opinión pública lo toleren como si fueran consecuencias naturales del sistema de partidos, poco puede hacerse en contra.
Ahora bien, hay un actor secundario en el sistema de reparto cuya cooperación es necesaria y del que, sin embargo, se ocupa poco la politología: me refiero a la figura del jurista cortesano que acepta complacido el cargo que le ofrece el partido que corresponda. Y donde pongo "jurista" pueden poner "ingeniero", "economista" o "físico nuclear", según sea el caso. Si no existiera esta pléyade de profesionales que pululan por la corte dispuestos a medrar al amparo de un poderoso, nunca se podría haber montado el sistema, ni en la ilustración borbónica ni en la democracia actual. Con lo que la cuestión de fondo sería: ¿qué defecto estructural congénito tiene la sociedad civil patria que produce tan pocos individuos independientes y, en cambio, tantos profesionales dispuestos a hipotecar su conciencia por la ideología, el mando o los dineros del poder? ¿Por qué España, por mucho que presumamos de lo contrario, es una de las sociedades menos individualistas de Europa, si entendemos por individualismo el predominio en la sociedad de personalidades fuertes e independientes?
El profesor Sosa Wagner, con la divertida mirada que le caracteriza, proponía hace tiempo situar el Tribunal Constitucional (y, de nuevo, pueden ustedes poner en su lugar al Consejo que deseen) en Soria, Mérida o Teruel. Es decir, en un lugar poco atractivo para los cortesanos, donde se aburrieran tanto que prefirieran dejar su plaza a personas más independientes y dedicadas. Yo añadiría hoy otra solución del mismo tipo arbitrista: la de hacer vitalicios los cargos.
A primera vista, resulta contraintuitivo proponer la permanencia de por vida de los cortesanos en su cargo; no parece sino que el sistema empeoraría todavía más en lo que tiene de sectario. Y, sin embargo, si lo reflexionan un poco se darán cuenta de que no sería así. La única posibilidad de que un jurista cortesano actúe independientemente, según la norma de su propia razón profesional, es la de que se sienta libre para hacerlo, es decir, que no tenga ningún interés por favorecer a este o aquel partido. Y la probabilidad de que ello suceda aumenta haciéndole vitalicio, suprimiendo esa reválida periódica a la que hoy se les somete. Un cortesano que se examina cada cuatro años, si es fiel a su propia lógica cortesana, estará atrapado por la fidelidad debida. Si no cumple, no proseguirá su carrera. En cambio, si tiene el puesto a perpetuidad podrá incluso dejarse llevar por su pensamiento, su raciocinio y su evolución en la apreciación de la realidad.
No ha habido durante el siglo XX un juez del Tribunal Supremo de Estados Unidos con mayor trascendencia por sus fallos progresistas en materia de derechos cívicos que Earl Warren, y, sin embargo, fue nominado en 1953 por un presidente conservador como Eisenhower, precisamente por su orientación afín a esta tendencia política. Pero, y éste es el punto, su independencia le permitió desarrollar un pensamiento propio y liberal. Y aplicarlo. ¿Podría haberlo hecho si hubiera tenido que pasar cada cuatro años la reválida de un nuevo nombramiento?
La democracia actual tiene estas paradojas, que para garantizar el funcionamiento independiente y democrático de ciertas instituciones públicas lo mejor sería disminuir el grado de democracia utilizado para componerlas. Que a más democracia, peor democracia.
José María Ruiz Soroa es abogado.
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