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La Justicia ante la nueva legislatura

En este inicio de legislatura sale a la palestra como uno de los temas prioritarios el de la Justicia, sin duda avivado por recientes y muy lamentables acontecimientos surgidos en su seno.

No es un tema nuevo, por lo demás. Siempre con uno u otro régimen político y con los distintos gobiernos que los han regido surge el problema de la Justicia como piedra angular del Estado, una Justicia a la que, en definitiva, no se logra situar en el lugar que le corresponde y dotarla de las prerrogativas y de los medios que resultan indispensables para su normal funcionamiento.

En contraposición, resulta muy significativo de la importancia que el legislador constituyente dio a la Justicia el hecho de que sólo respecto de quienes la administran utiliza el sustantivo Poder -Título VI de la Constitución Española de 1978-, lo que omite, en cambio, para el Gobierno y para las Cámaras Legislativas de la nación, cuya naturaleza, sin embargo, de poderes políticos está fuera de toda duda y discusión.

Es ineludible la reforma del servicio público de la Administración de Justicia
La ciudadanía cree que la Justicia funciona mal o muy mal

Pero la realidad es mucho más contundente que los textos legales y lo cierto y verdad es que esa consideración de Poder del Estado atribuida a los jueces y magistrados que administran Justicia en nombre del Rey, queda difuminada por la manifiesta prevalencia de los otros dos poderes políticos, más acusadamente del Poder Ejecutivo o Gobierno de la nación. El Poder Judicial inspira más temor que una propia consideración valorativa.

Tal vez la forma no electiva de designación de la judicatura de un país crea una cierta sospecha de ausencia de legitimación adecuada respecto a la misma que, sin embargo, la alcanza a través del ejercicio de la función que le es propia en nombre del Rey o del Jefe de Estado.

En cualquier caso, su integración entre los poderes del Estado es algo que no parece discutible; precisamente, su absoluta independencia le configura, sin duda alguna, dentro del ámbito de la autoridad estatal.

Pero no ha de ponerse todo el énfasis en la naturaleza y autoridad de la función que desarrolla sino, más bien, en la eficacia del servicio público que tiene encomendado, que no es otro que la administración de Justicia en el seno de la sociedad.

Pues bien, es este servicio público de innegable trascendencia para el buen desarrollo de la vida ciudadana el que se haya precisado de una ineludible reforma que devuelva a la sociedad el prestigio y la confianza en lo que constituye uno de los pilares básicos del Estado de derecho.

Desgraciadamente y por lo que hace a nuestro país se advierte, a través de la historia y de los distintos regímenes políticos habidos en ella, que la Justicia, en su doble vertiente de poder estatal y servicio público, nunca ha merecido la atención que debiera habérsele dispensado.

La Constitución Española de 1978 alumbró la esperanza de una definitiva ubicación del Poder Judicial y del servicio público de la Administración de Justi

-cia en el lugar y en la situación que le corresponde en el marco de un Estado de derecho. En tal sentido, la creación del Consejo General del Poder Judicial como órgano constitucional encargado del autogobierno y de la preservación de la independencia de los jueces y magistrados, hizo concebir la idea de una propia y verdadera separación de aquel poder respecto de los demás del Estado, sin perjuicio, claro es, de la necesaria coordinación y cooperación entre todos ellos.

La realidad, sin embargo, se impuso y lo cierto y verdad es que, sin desconocer los avances que en ciertos aspectos pudieron llevar a cabo los distintos gobiernos de la democracia, la situación de la Justicia, en la actualidad, dista mucho de ser satisfactoria y no acaba de verse su adecuada ubicación en el marco del Estado de derecho que los españoles nos dimos con la Constitución de 1978.

Para empezar, y aunque en los últimos barómetros de opinión la situación haya mejorado, la ciudadanía sigue considerando que el funcionamiento de la Justicia es malo o muy malo en un porcentaje elevado que ronda el 50%, sin que se llegue a valorar, adecuadamente, el trabajo técnico-jurídico que, con absoluta independencia, lleva a cabo la inmensa mayoría de los 4.559 jueces y magistrados que ejercen en España. Se suele hablar de politización de la Justicia sin reparar en el escaso margen en que ello es posible, aunque, ciertamente, sus más relevantes cargos sean de libre designación por el Consejo General del Poder Judicial, órgano naturalmente político e irregularmente politizado que, sin embargo, se halla sujeto en este aspecto a una reciente y rigurosa jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Por otra parte, se dice con frecuencia que los medios materiales con que cuenta el servicio público de la Administración de Justicia son decimonónicos y no se adecuan, en manera alguna, a las exigencias de una sociedad tecnificada y globalizada. Tal vez esta aseveración pueda resultar exagerada en su integridad denunciadora, porque es lo cierto que algo se ha avanzado en este aspecto y que el fenómeno de transferencias de competencias a las comunidades autónomas ha permitido que en algunas, aunque pocas, de ellas se hayan logrado mejoras en la modernización de la oficina judicial dignas de elogio. También, a nivel nacional, son de registrar apreciables innovaciones que merecen ser reconocidas.

Pero, en cualquier caso, la realidad ha demostrado que todo ello es insuficiente y que se siguen produciendo disfunciones, algunas de enorme gravedad, a las que es preciso poner coto de inmediato. Desde esta perspectiva resulta alentador la creación y puesta en marcha de una Secretaría General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia y el que en el comienzo de los contactos que en esta nueva legislatura mantienen los dos principales partidos del ámbito político se exteriorice el propósito de profundizar conjuntamente en la eficacia, la independencia y la modernización de la Justicia.

Es indispensable que no se quede ahí, como tantas veces ocurrió, la voluntad política de solventar un tema de tanta importancia y trascendencia en un Estado de derecho como es el de contar con un Poder Judicial fuerte y seriamente independiente y con un servicio público de la Administración de Justicia que dé cumplida satisfacción al ansia de eficacia que reclama la ciudadanía.

Es preciso convertir en realidad las proclamas de reconocimiento y respeto a las que ya se nos tiene acostumbrados y que, ciertamente, parecen traslucir las más recientes encuestas de opinión.

Hay que tratar que todas las fuerzas políticas asuman el compromiso de dotar a España del Poder Judicial que la Constitución de 1978 instauró, haciéndole que preste el servicio público que le es propio no sólo con garantías y exigente responsabilidad sino, también, con agilidad y prontitud.

De no ser así, cabría llegar a pensar que el Poder Judicial no resulta políticamente rentable a ningún sistema de gobierno del Estado ni a ninguno de los partidos políticos que, en cada momento, les corresponde asumir ese gobierno, y esto sí que sería letal para una sociedad que ha alcanzado la democracia y ha logrado constituirse en un Estado de derecho.

Benigno Varela Autran es magistrado emérito del Tribunal Supremo.

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