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El juez archiva la querella del PP contra Sebastián y Arenillas

Fueron acusados de prevaricación en la OPA de Endesa

El Juzgado de Instrucción número 33 de Madrid ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la querella presentada por el PP, la Plataforma España y Libertad y el sindicato de funcionarios Manos Limpias contra Miguel Sebastián, actual ministro de Industria, su sucesor en la Oficina Económica del Gobierno, David Taguas, y Carlos Arenillas, vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), por su actuación en el proceso de la OPA de Enel y Acciona sobre Endesa. También fueron denunciados los consejeros de este organismo Soledad Núñez, Soledad Abad y José Viñals. En el auto, contra el que cabe recurso, el magistrado Martín Gil considera que la comisión de los delitos denunciados, prevaricación y tráfico de influencias, no han sido "debidamente justificados".

El juzgado considera que la denuncia no está debidamente justificada

Los consejeros de la CNMV fueron denunciados por las posiciones adoptadas el 2 de abril de 2007, que impidieron que se abriera un expediente sancionador a Enel y Acciona en el proceso de OPA sobre Endesa. Esa negativa llevó a la dimisión del entonces presidente del organismo, Manuel Conthe, defensor a ultranza de un castigo.

En relación a Miguel Sebastián, a la sazón director de la Oficina Económica, y su sucesor, David Taguas, el magistrado señala que no se precisan "en momento alguno qué hechos o qué conductas [pudieran ser] penalmente merecedoras de reproche". "En ningún caso se produce claridad en ningún tipo de imputación", argumenta el auto, circunstancia que debe suponer su automática exclusión del proceso.

En cuanto a los consejeros, asume la tesis exculpatoria de la fiscalía al señalar que "el dictado de una resolución injusta a sabiendas requiere de un plus de antijuicidad, un dolo específico e intención de perpetrar el acto ilícito" que no se aprecia en este caso. Para haber imputado a los denunciados, señala que las resoluciones deberían haber sido "esperpénticas, clamorosas en apreciación y en abierta contradicción con la ley, y privadas de necesario criterio de razonabilidad".

El magistrado justifica su negativa a practicar nuevas pruebas, asumiendo las tesis de la Abogacía del Estado, que había solicitado el sobreseimiento total y se había opuesto a que se practicaran las pruebas por ser "impertinentes e innecesarias".

En cuanto al delito de tráfico de influencias del que se acusa a los consejeros de la CNMV, el auto señala que la imputación "está vacía", por lo que la rechaza sin realizar pruebas.

Para fundamentar su oposición, Arenillas señaló que "no está claro que sea irregular" la firma de un pacto parasocial como el suscrito por Enel y Acciona. La normativa no recoge "ninguna prohibición expresa" que "condene al silencio a quienes tienen la intención o el deber de formular una OPA", por lo que resultaría difícil demostrar la concertación.

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