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Penas de 4 y 3 años a dos directivos por la quiebra ilegal de Caja Alcoi

La bancarrota afectó a 1.500 clientes que reclamaban 2,8 millones de euros

La Audiencia de Alicante ha condenado a Jesús Llopis Ferrer y Mercedes Llopis Candela, ex director y ex directora de la extinta Caja de Crédito de Alcoi, a tres años y 11 meses y dos años y once meses de cárcel, respectivamente, por un delito de insolvencia punible derivado de la quiebra fraudulenta de la entidad en 1993. La sentencia, 15 años después de la bancarrota, absuelve a otros tres ex dirigentes procesados a propuesta del fiscal, y fija una indemnización de entre 2,6 y 2,8 millones de euros para los 1.500 clientes que perdieron sus ahorros. La sala también absuelve a otros cuatro procesados por el delito de apropiación indebida que le imputaba la acusación particular.

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En la sentencia, hecha pública ayer, la sección 3ª de la Audiencia de Alicante considera probado que "los órganos de administración de la entidad constituida en 1987 realizaron actos que dieron lugar a una crisis económica y a una insolvencia que condujeron a la solicitud de suspensión de pagos en 1993 por ser su activo inferior a su pasivo en 750.000 euros". El tribunal, entre otras causas, atribuye la bancarrota a las siguientes decisiones de los directivos de la caja: "Concesión de créditos y con insuficientes garantías, concentración de riesgos en grupos familiares, renovación de créditos a personas [entre ellas directivos de la entiddad] sin haber pagado los anteriores, inhibición en las acciones judiciales para reclamar los impagos, y diversos defectos en la contabilidad". Para la sala, los máximos responsables de esa ilegal gestión fueron el ex director y la ex subdirectora, "ya que ambos tenían delegadas las facultades para otorgar préstamos y, aunque el consejo rector debía supervisarlas, este control este control se hacía de forma superficial y no siempre se informaba de ellas". El tribunal también destaca que, sobre la base de la prueba documental, la caja obtuvo perdidas en la práctica totalidad de los ejercicios.

Entre las operaciones que aprobó la entidad ("contrarias a la racionalidad del negocio y jurídicamente reprobables", puntualiza la sentencia), el tribunal resalta la autorización de un descuento comercial de 72.000 euros y de un préstamo de 52.000 euros un día antes de la presentación de la suspensión de pagos al también acusado, y ahora absuelto, Jesús Lidiano Llopis, hijo el ex director de la caja.

En cuanto a la indemnización, la sala señala que se fijará en ejecución de sentencia, pero que en cualquier caso la cantidad final que tendrán que pagar los condenados no será superior a los 2,8 millones de euros, y tendrá que restarse la cifra recaudada por la comisión de afectados, pero no las subvenciones entregadas por la Generalitat, como pedía la defensa. En el juicio, los procesados negaron los hechos y achacaron la quiebra a "presiones del Banco de España".

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