Vicente Conde cambia de criterio tras haber vetado en 2006 las abstenciones de tres magistrados
Vicente Conde Martín de Hijas, el magistrado conservador que presidirá el pleno que examinará el recurso del PP contra la reforma que prorroga el mandato de la presidenta, María Emilia Casas, utilizó su voto de calidad para cambiar la doctrina del Tribunal sobre abstenciones de los últimos tres años. Conde, que ha participado en los tres últimos casos de abstención de magistrados del Cosntitucional examinadas por el Pleno, votó en todas las ocasiones en contra de la abstención porque ésta debe atenerse a "razones objetivas" y el deber de imparcialidad de los magistrados obliga a "no perjudicar el ejercicio de la jurisdicción constitucional".
En junio de 2007, el magistrado conservador Jorge Rodríguez-Zapata decidió abstenerse de intervenir en la deliberación de una cuestión de inconstitucionalidad sobre la Ley de Propiedad Intelectual, por haber desempeñado el cargo de vicepresidente de una comisión mixta que desarrolló esa ley. Mediante dicha comisión mixta se puso en marcha el mecanismo de la remuneración por copia privada. El Tribunal decidió que el deber de los magistrados nunca debe ir en detrimento del derecho fundamental al juez predeterminado por la ley ni perjudicar el ejercicio de la jurisdicción constitucional. Por el contrario, según el Constitucional existía "un interés constitucional prevalente en mantener, salvo que resulte imposible, el Pleno de este Tribunal".
Conde votó a favor de esa decisión y Rodríguez-Zapata se mantuvo en el Pleno a pesar de las protestas de sus compañeros Javier Delgado y Ramón Rodríguez Arribas, que ejercieron votos particulares contra esa decisión. En octubre de 2006, el magistrado progresista Eugeni Gay también presentó su abstención al Pleno alegando que en su anterior profesión de abogado, su despacho profesional se había encargado de la defensa de los intereses del Obispado de Barcelona en conflictos surgidos ante la jurisdicción laboral y que fueron promovidos por distintos profesores de Religión.
Acceso a la jurisdicción
Conde y el resto del Pleno votaron en contra de la abstención de Gay, señalando que de aceptarse su abstención, la consecuencia sería "hacer imposible el acceso a la magistratura constitucional de juristas que hayan acreditado como abogados la reconocida competencia profesional exigida en el artículo 159.2 de la Constitución".
También en diciembre de 2006, el magistrado conservador Ramón Rodríguez Arribas comunicó al Pleno su abstención porque su hijo, procurador de los tribunales, ejerció la representación de la parte recurrente en un proceso contencioso sobre medidas urbanísticas de la Ley de la Comunidad de Madrid.
Rodríguez Arribas tuvo que juzgar la cuestión de inconstitucionalidad pues el Pleno, en el que también figuraba Vicente Conde, no apreció la causa de abstención por consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado con el letrado o procurador de una de las partes. Según el Pleno, el hijo del magistrado no actuó ante la jurisdicción constitucional, sino ante el Supremo, y por tanto no podía afectar a su recto e imparcial criterio a la hora de interpretar la Constitución.
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