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Anulado el juicio que absolvió a un 'skin' del crimen de un 'okupa'

El Tribunal Superior aumenta la pena de 11 a 15 años de cárcel al autor del homicidio

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha ordenado repetir el juicio con jurado contra el skin Emilio Cortés, que fue absuelto del crimen de un okupa ocurrido durante las fiestas de Gràcia de Barcelona en 2004. La fiscal ya advirtió en el juicio que la vista era nula por un problema formal. Por eso pidió al juez que rebobinase para solventarlo, pero no le hizo caso y siguió adelante. Ahora el tiempo le ha dado la razón y la vista tendrá que repetirse. La sentencia también aumenta de 11 a 15 años de cárcel la pena para el otro condenado, Aitor Dávila.

La parte final de un juicio con jurado consiste en la redacción de un cuestionario sobre el que el tribunal popular se debe pronunciar. Es lo que se llama el objeto del veredicto y cada pregunta se somete a votación de los nueve miembros del jurado. Según el resultado, el hecho resulta favorable o desfavorable para el acusado. O sea, le exculpa o le inculpa.

En este juicio, una de las preguntas planteadas era si Emilio Cortés era culpable o no del apuñalamiento ocurrido la madrugada del 15 de 2004 durante las fiestas de Gràcia y que acabó con la vida de Roger Albert, que tenía 25 años.

Seis miembros del jurado consideraron que Cortés era culpable y tres que no, pero la ley establece que para declarar la culpabilidad del acusado hacen falta un mínimo de siete votos y para exculparlo, cinco. Como la votación no declaraba ni una cosa ni otra, la fiscal pidió en el juicio que el presidente del tribunal, José Carlos Iglesias, devolviese el veredicto y que los jurados lo votasen de nuevo. Pero se negó.

En aquel mismo momento, la fiscalía ya anunció que recurriría. Lo hizo y ahora la Sala Civil y Penal del TSJC le ha dado la razón, aunque ha tardado más de cinco meses en dictar sentencia. La vista se celebró el pasado 16 de abril y la resolución lleva fecha de 10 de septiembre, aunque fue comunicada ayer a la prensa. La ponente es Núria Bassols, que abandonó ese tribunal en el mes de julio al ser nombrada directora de la Escuela Judicial.

La sentencia del Tribunal Superior reprende al juez por su actuación advirtiéndole de que "permitir que el jurado no se pronuncie sobre la culpabilidad o inculpabilidad del acusado por cualquier razón, además de suponer una flagrante vulneración de la ley (...) implica también el desconocimiento del sistema previsto legalmente para resolver los conflictos". La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Si eso sucede, como es previsible, habrá que esperar a una nueva resolución. Si se confirma la anulación, se formará otro jurado y se celebrará un nuevo juicio presidio por otro juez.

Homicidio y no asesinato

El jurado consideró que la muerte de Roger Albert, que fue apuñalado con un cuchillo desollador en el cuello, fue un homicidio y no un asesinato. El tribunal popular razonó que la noche de los hechos se produjo un enfrentamiento entre skins y okupas en Gràcia y que, por tanto, Aitor Dávila no actuó por sorpresa, sino que la víctima pudo defenderse.

El delito de homicidio se castiga en el Código Penal con penas de 10 a 15 años. El juez optó por la banda baja y dejó la condena en 11 años. También eso fue recurrido por la fiscalía y por el Ayuntamiento de Barcelona, que ejerció la acción popular en el caso. Y también ahí el TSJC les ha dado la razón. La sentencia razona que Dávila "merece la pena máxima prevista por la ley" porque participó en una reyerta "que nada hacía presagiar que fuera de extrema gravedad", aunque acabó sacando un cuchillo y clavándoselo a la víctima. El arma tenía una hoja de ocho centímetros de longitud.

El tribunal también considera la condición de skin de Dávila para imponerle la pena máxima. "A lo expuesto hay que añadir que las circunstancias personales del acusado, que según parece pertenecía a un grupo de ideas radicales, no le favorecen sino que le perjudican y contribuyen a justificar" la pena impuesta. Wenceslao Tarragó, abogado de Dávila, expresó ayer su sorpresa por este razonamiento y anunció que recurrirá ante el Tribunal Supremo el aumento de la condena.

La sentencia también aumenta la indemnización para los padres de Roger Albert de 35.000 a 60.000 euros para cada uno de ellos, así como para su hermano, de 20.000 a 30.000 euros. Del mismo modo, el Tribunal Superior ratifica la condena a Dávila para que abone 91.107 euros al Instituto Catalán de la Salud. Ese es el dinero que costó al erario público la asistencia de Roger Albert, que falleció el 10 de diciembre, cuatro meses después de que se produjera la agresión.

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