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Del Olmo aprecia delito y decide proseguir el caso contra 'El Jueves'

El juez Juan del Olmo decidió ayer proseguir la tramitación del caso contra dos humoristas de la revista El Jueves por el procedimiento abreviado al apreciar que al elaborar la portada del número correspondiente al 18 de julio incurrieron en un delito de injurias al Rey, que está regulado en el artículo 491 del Código Penal. El fiscal cuenta ahora con un plazo de 10 días para presentar escrito de acusación.

Esta misma semana comparecieron ante el juez los autores de la portada, el dibujante Guillermo y el guionista Manel Fontdevila, quienes aseguraron que no tenían intención de injuriar a los Príncipes, sino de criticar una medida que subvenciona con 2.500 euros cada nacimiento incluso para aquellas parejas que no los necesitan. Añadieron que eligieron a los Príncipes por ser una pareja muy popular y la más representativa de la sociedad española.

Tras las declaraciones, Del Olmo consideró agotada la investigación, por lo que pidió al fiscal que se pronunciase sobre si debía abrir procedimiento abreviado o archivar el caso.

Aunque la Fiscalía había solicitado y el juez había aprobado el secuestro de la revista, es decir, que estimaban la existencia de delito, cabía la posibilidad de que o el fiscal o el juez hubieran cambiado de criterio tras escuchar a los autores de la portada.

Indicios de delito

Sin embargo, el fiscal, que entiende necesario que un juez establezca los límites de la libertad de expresión, informó en favor de continuar el procedimiento. Del Olmo, que también podía de oficio archivar el caso si hubiera entendido que no había delito, ha entendido, por el contrario, que existen indicios de que Guillermo y Manel Fontdevila cometieron un delito de injurias a la Corona del artículo 491.

El citado artículo establece que las calumnias o injurias al Príncipe heredero de la Corona cuando no está en el ejercicio de sus funciones serán castigadas con la pena de multa de cuatro a 20 meses. El punto segundo del citado artículo agrega: "Se impondrá la multa de seis a 24 meses al que utilizare la imagen (...) del Príncipe heredero de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona".

Del Olmo señala que "la libertad de expresión ampara incluso el rechazo de la institución monárquica y de su autoridad como forma de Estado adoptada por la Constitución de 1978, pero no protege expresiones contra el honor que afecten al núcleo último de la dignidad de las personas, por ser innecesarias y desproporcionadas para la formación de la opinión pública".

Del Olmo recuerda que el derecho al honor confiere a su titular el derecho a no ser escarnecido o humillado ante uno mismo o ante los demás y que la libertad de expresión "no autoriza el empleo de apelativos injuriosos utilizados con fines de menosprecio, puesto que la Constitución no reconoce ni admite el derecho al insulto".

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