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Análisis:ANÁLISIS | NACIONAL
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Competencias desleales

TRAS LA ANULACIÓN JUDICIAL de 252 agrupaciones electorales con el rótulo común Abertzale Sozialista y de 133 candidaturas de Acción Nacionalista Vasca (ANV), la denegación el pasado miércoles por el Supremo de la inscripción de Abertzale Sozialista Batasuna (ASB) en el registro de partidos obedece al mismo motivo: la continuidad en fraude de ley de la disuelta Batasuna, ilegalizada por sentencia del mismo alto tribunal el 27 de marzo de 2003. Los dirigentes del brazo político de ETA protestan contra la desigualdad de condiciones para la lucha política provocada por esa ilegalización, que no sólo les priva de concurrir a las elecciones, sino que también podría lesionar otros derechos fundamentales (la libertad ideológica y de expresión, la tutela judicial efectiva, los derechos de asociación y reunión) constitucionalmente protegidos. La moraleja de ese relato lastimero sería que el sistema político construido durante la transición no constituye una verdadera democracia; por tanto, ETA no abandonará las armas y Batasuna no condenará sus asesinatos hasta que la anexión de Navarra y de las comarcas francesas al País Vasco y la creación de una Euskal Herria independiente permitan a los vascos disfrutar de una auténtica libertad.

Batasuna denuncia las desiguales condiciones para la lucha electoral provocadas por su ilegalización judicial, pero finge ignorar las discriminaciones políticas impuestas al PP y al PSOE por la vía de los hechos

Los líderes de Batasuna recurren a la sinécdoque de sustituir la parte por el todo: los dirigentes de una organización vinculada a ETA se presentan ahora como los únicos portavoces autorizados de la izquierda abertzale, el segmento de la sociedad vasca que les ha venido votando con intensidad diferente. Las quejas del nacionalismo radical contra la desigualdad de condiciones electorales no hacen sino proyectar las culpas de los verdugos sobre las víctimas, sometidas a un atroz régimen discriminatorio por la vía de los hechos durante treinta años. Así, es un monumento al cinismo la tentativa de ocultar las trabas al derecho de sufragio pasivo y activo impuestas por la trama de ETA a los candidatos y votantes del PP y del PSOE. La sangrienta orla de concejales populares y socialistas asesinados confiere un carácter heroico a la mera decisión de figurar en una lista encabezada por sus siglas. La presencia en los mítines del PP y del PSOE de escoltas encargados de proteger la vida de los candidatos transmite a los asistentes una patética sensación de amenaza e intimidación. La violencia callejera, las interrupciones provocadoras de sus actos públicos y el clima difuso de miedo creado por las pintadas, los carteles y las consignas dan la última vuelta de tuerca para negar a populares y socialistas esa igualdad de condiciones en la confrontación electoral que Batasuna ahora reclama.

A diferencia de la desigualdad de hecho que castiga a candidatos y votantes del PP y del PSOE, la desigualdad de derecho que perjudica a Batasuna nace de una sentencia dictada el 27 de marzo de 2003 por la Sala Especial del Supremo y confirmada el 16 de enero de 2004 por el Constitucional en aplicación de la Ley de Partidos de 27 de junio de 2002. En términos de valores democráticos y equidad moral, las violaciones de los derechos fundamentales -comenzando por la vida- perpetradas a punta de pistola o mediante coches bomba por una organización terrorista contra una ciudadanía inerme no guardan relación alguna con las restricciones dictadas por las resoluciones judiciales de un Estado de derecho depositario -en expresión de Max Weber- del monopolio de la violencia legítima.

El ineludible deber de cumplir las leyes y de acatar las sentencias es compatible con la crítica a sus contenidos. No se trata sólo de que la defectuosa técnica jurídica de la Ley de Partidos haya hecho pasar otra vez un mal trago a los magistrados al fallar sobre las demandas contra ANV. También es un tema sometido a debate que la interdicción judicial de Batasuna (y sus marcas sucesoras en fraude de ley presentadas a las municipales de 2003, europeas de 2004, autonómicas de 2005 y municipales de 2007) limita el sufragio activo y pasivo, el derecho de asociación y las libertades ideológicas y de expresión. La cuestión es saber si los recortes de esos derechos fundamentales están o no justificados: la respuesta del Constitucional ha sido por ahora afirmativa.

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