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La polémica de 'Ja en tenim prou'

La Junta que preside De la Rúa, en el centro de la polémica

La Junta Electoral de la Comunidad Valenciana, tal como establece la ley electoral, se elige y forma 90 días después de que se constituyan las Cortes. El presidente nato es el del Tribunal Superior de Justicia, (TSJ), en este caso Juan Luis de la Rúa. El secretario de la misma es el letrado mayor de las Cortes. Además, se eligen tres magistrados por sorteo y tres catedráticos por consenso de las fuerzas políticas. En caso de no existir consenso, es el resultado electoral el que marca la fuerza de cada partido para elegir a los componentes. Hecho ese proceso, queda configurada la Junta Electoral Permanente de la Comunidad Valenciana.

La que ha decidido que la película Ja en tenim prou no puede ser proyectada en ayuntamientos, universidades ni instituciones públicas dependientes de la Generalitat, decisión que la ha situado en el centro de la polémica, está formada, además de por Juan Luis de la Rúa, por los magistrados Víctor José Barrachina Juan, de la sala de Lo Social del TSJ; Agustín María Gómez-Moreno Mora, de la sección primera de la sala de Lo Contencioso-Administrativo del TSJ; Inmaculada Concepción Linares Bosch, también de la sala de Lo Social del TSJ; Tomás Sala Franco, catedrático de Derecho Laboral; Remedios Sánchez Ferris, catedrática de Derecho Constitucional; y Javier Orduña, catedrático de Derecho Civil.

Las juntas locales y de zona no son permanentes, ya que se forman expresamente para los procesos electorales y también por sorteo y acuerdo.

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