El voto de los Erasmus
El señor Martínez García, estudiante Erasmus en la Universidad de Sussex, pretende, en su carta al director publicada el 18 de abril, algo que la Ley Orgánica del Régimen General Electoral no permite: votar como residente en el extranjero mientras permanece inscrito en el padrón municipal de su ciudad de nacimiento. Nuestro ordenamiento legal lo impide para evitar el fraude electoral de que se pueda votar dos veces, una en el lugar de su residencia y otra en su domicilio temporal.
El señor Martínez García acudió al Consulado General en Londres los pasados sábado 14 y domingo 15 de abril. En ambas ocasiones se le proporcionó, con toda cortesía, toda la información que solicitó, si bien no se pudo realizar la inscripción el primer día porque no presentó ni pasaporte ni DNI. Volvió el domingo aportando la documentación preceptiva y se procedió a su inscripción en el Registro de Matrícula y en el CERA.
Esa representación ha permanecido y permanecerá abierta todos los días incluyendo sábados, domingos y fiestas, desde la convocatoria de las elecciones municipales y autonómicas hasta que culmine el proceso. La información, clara y precisa, es la general que corresponde al Ministerio de Exteriores y de Cooperación, figura en Internet y existe un teléfono permanente para contestar sin que se haya recibido ninguna queja ni reclamación al respecto y sí muchas muestras de agradecimiento.
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