_
_
_
_

El fiscal opina que la absolución del conductor que iba a 260 es un caso aislado

La decisión de la Audiencia Provincial de Burgos de revocar la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de la ciudad, que condenaba a un conductor a seis meses de cárcel y la retirada del permiso durante dos años, causó ayer una sorpresa casi generalizada. El fiscal de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, subrayó que la sentencia "no marca jurisprudencia", pues el fallo judicial "se refiere a un caso, a una circunstancia y a una Audiencia concreta".

Según la Audiencia de Burgos, aunque Constantino García, de 42 años, circulaba el 9 de febrero de 2006 a 260 kilómetros por hora en la A-231, esta conducta, que califica de "manifiestamente temeraria", no supuso "un peligro efectivo para la integridad física de los usuarios de la vía". La sentencia se basa en el artículo 381 del Código Penal, que exige "peligro concreto" para considerar delito una conducta al volante.

Vargas señaló que el auto judicial -contra el que no cabe recurso- "no significa que la fiscalía, las autoridades judiciales, no vayamos a estar encima de estas graves infracciones buscando siempre una respuesta penal disuasoria".

Fuentes de Tráfico señalaron ayer que "sentencias como ésta justifican más si cabe el que la reforma del Código Penal [en estos momentos en tramitación] fije una velocidad concreta a partir de la cual se sepa que se está cometiendo un delito castigado con cárcel". Tras la reforma penal, circular a más de 70 kilómetros sobre el límite establecido estará castigado con penas de prisión.

El director de la DGT, Pere Navarro, redundó en esa idea: señaló que la sentencia pone de manifiesto que la reforma penal tiene una cierta urgencia y pidió responsabilidad a los grupos políticos para llevarla a cabo. También manifestó que "a una velocidad de 260 por hora, se necesitan tres campos de fútbol para parar el coche. No hace falta ser catedrático para reconocer que es un peligro absolutamente manifiesto". El fallo judicial se produce en plena campaña de control de velocidad, que se desarrolla hasta el día 26.

Sensación de impunidad

La presidenta de la Asociación Stop Accidentes, Ana María Campo, señaló a Efe que estaba "indignada" y pidió que se investigue a qué velocidad conduce el juez que dictó la sentencia. Según el RACE, la sentencia puede crear una falsa sensación de impunidad.

El conductor tendrá que enfrentarse ahora a un expediente administrativo, que puede suponer una multa de 600 euros y tres meses de suspensión del permiso, aunque éstos pueden compensarse por el año que no ha podido ponerse al volante como medida cautelar. No perderá ningún punto porque su delito es anterior a la entrada en vigor del nuevo permiso de conducir.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_