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El Supremo anuló la primera absolución

Ésta es la segunda ocasión que se juzga el caso en la Audiencia de Barcelona y de nuevo ha habido un fallo absolutorio. La primera sentencia fue anulada por el Tribunal Supremo después del recurso que presentó la aseguradora argumentando que la Sección Segunda impidió la declaración de la que podía ser una testigo de cargo.

Era la asistenta de hogar del acusado, quien en su día acudió al notario para certificar que Merino engañó al juez porque se desenvolvía con soltura por la vivienda y que no padecía tal ceguera absoluta a consecuencia del accidente. Sin embargo, a la hora de la verdad, la mujer se desdijo en el juicio y no ratificó esa versión El fiscal le preguntó el porqué del cambio de declaración y la mujer explicó que acudió al notario por venganza hacia la esposa de Merino, por haberla acusado de trabajar en un local de prostitución.

La aseguradora contrató también a una compañía de detectives para que realizara un seguimiento del hombre, pero el tribunal considera que la grabación tampoco es motivo suficiente para condenar al invidente ni para concluir que su ceguera es ficticia. "En su conjunto, la manera de comportarse del acusado era conciliable con la de quien está privado de visión", concluye el tribunal.

También recuerdan los jueces que Merino está diagnosticado y pertenece a la ONCE "sin que en ningún momento se haya efectuado acto alguno para su desafiliación". En otro momento, el tribunal enumera los numerosos análisis a los que se ha sometido al hombre para comprobar su grado de ceguera y la coincidencia en la pérdida de la visión del ojo izquierdo y una afectación muy severa en el derecho.

El último de esos análisis fue realizado en la Clínica Barraquer de Barcelona en 2002, con un resultado idéntico. O sea, nula respuesta de ambos ojos en la prueba del damero, en el que se presenta ante el paciente un damero cuyos cuadrados se van iluminando aleatoriamente para estudiar la presencia de reacción ante este estímulo visual inesperado. Uno de los doctores declaró al tribunal que existen casos de haber falseado los resultados y matizó que "no podía afirmar" que sucediese eso a alguien a quien se hubiese practicado varias veces esa prueba.

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