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La Generalitat autoriza a Piqué Vidal a pasar el día fuera de la cárcel de lunes a viernes

Justicia aduce que el abogado tiene 73 años y que ha abonado la responsabilidad civil

Apenas dos meses y medio después de entrar en prisión para cumplir una pena de siete años por la extorsión a empresarios en el caso Estevill, el abogado Joan Piqué Vidal volverá a pisar la calle en los próximos días. La Secretaría de Servicios Penitenciarios, dependiente del Departamento de Justicia de la Generalitat, le ha autorizado a pasar todo el día en libertad, de lunes a viernes, y a regresar a la cárcel de Brians sólo para pernoctar y cumplir el fin de semana. Durante su estancia en libertad, el abogado colaborará con Cáritas Diocesana.

El amparo legal que permitirá a Piqué Vidal pasar el día fuera de la cárcel hay que buscarlo en una interpretación que ha realizado la Administración autonómica del reglamento penitenciario, en el que se permite aplicar lo que se califica como "medida excepcional" y realizar así una interpretación benévola de la norma.

Cuando un interno ingresa en prisión, la junta de tratamiento de la cárcel dispone de dos meses para realizar una propuesta de clasificación. Esta decisión se remite después a la Secretaría de Servicios Penitenciarios, que normalmente la suele avalar, aunque tiene potestad para revocarla.

En el caso de Piqué Vidal, la junta de tratamiento de la prisión de Brians lo clasificó en segundo grado penitenciario, el régimen ordinario de vida en la cárcel. El reglamento asegura en su artículo 102.3 que esa clasificación se aplicará a "los penados en quienes concurran unas circunstancias personales y penitenciarias de normal convivencia, pero sin capacidad para vivivir, por el momento, en semilibertad".

Artículo 100.2

La clasificación en segundo grado no permite que el preso pueda salir de permiso hasta transcurrido un buen tiempo desde su entrada en la cárcel, ni disfrutar de un régimen flexible. Sin embargo, con Piqué Vidal, que estaba en prisión desde el 25 de septiembre, se ha realizado una interpretación benévola del reglamento al amparo del artículo 100.2, que permite aplicar a un preso los beneficios de otros grados penitenciarios.

De esta forma, el abogado pasará el día fuera de la cárcel y regresará sólo para dormir, una ventaja de la que gozan los presos de tercer grado, quienes, además, abandonan la cárcel el jueves y no regresan hasta el lunes. En el caso de Piqué Vidal, sin embargo, dormirá todos los días en la cárcel y también pasará los fines de semana en prisión. Fuentes judiciales explicaron ayer que el artículo 100.2 que se ha aplicado a Piqué Vidal no es una medida tan excepcional, pese a lo que indica el reglamento, y anualmente lo disfrutan diversos presos.

En la propuesta de clasificación de segundo grado de Piqué Vidal realizada por la junta de la cárcel ya se incluía "un programa específico de tratamiento", como exige el reglamento penitenciario. En el caso de Piqué Vidal se concreta en que dedique su estancia en libertad a colaborar con Cáritas Diocesana.

Albert Batlle, secretario de Servicios Penitenciarios de la Generalitat, explicó ayer a EL PAÍS que en el progama específico de tratamiento aprobado para Piqué Vidal se ha considerado también que tiene 73 años de edad y que ya ha abonado los 331.500 euros de responsabilidad civil a que fue condenado en enero de 2005 por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). El juicio de aquel caso lo presidió el magistrado Guillem Vidal y el fiscal fue Carlos Ramos.

El pago de la responsabilidad civil se realizó antes de que se iniciase el juicio. En el banquillo de los acusados se sentaron, entre otros, el que fue abogado de Jordi Pujol en el caso Banca Catalana y el ex juez Luis Pascual Estevill, ex consejero del Poder Judicial a propuesta de Convergència i Unió (CiU).

Piqué Vidal ingresó voluntariamente en la cárcel de Brians, en Sant Esteve Sesrovires (Baix Llobregat) el pasado 25 de septiembre, tres días después de que el Tribunal Supremo confirmase la condena de siete años de prisión por cohecho, prevaricación y detención ilegal.

A diferencia de lo que ocurrió con el ex juez, Piqué Vidal no hubo de ser apremiado por el TSJC para que empezara a cumplir la pena. Pascual Estevill tardó casi un mes en acudir voluntariamente a prisión y no fue hasta el pasado 20 de octubre que se personó en la cárcel de Quatre Camins, en La Roca del Vallès.

La necesaria aprobación del juez y el previsible recurso

La fecha en la que Piqué Vidal saldrá de prisión se desconoce todavía. O al menos eso explicaron ayer de manera coincidente todas las fuentes consultadas. De lo que no hay duda es de que, con el reglamento penitenciario en la mano, la medida se puede empezar a aplicar en cualquier momento, pero necesita ser avalada posteriormente por el juzgado de vigilancia penitenciaria. En este caso, el número 2, cuya titular es María José González González.

La costumbre, tan importante o más que la jurisprudencia, hace prever que sea cual sea la decisión judicial, el caso acabe con un recurso en la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona, la encargada de resolver las aplicaciones del reglamento penitenciario. Si la juez avala la decisión de la Generalitat de aplicar el artículo 100.2 a Piqué Vidal, es muy probable que el fiscal de vigilancia penitenciaria presente recurso, teniendo en cuenta que es así como ha actuado en la práctica totalidad de los casos en los que se ha aplicado esta fórmula con otros reclusos.

Si, por el contrario, la juez revoca la decisión, es igualmente previsible que quienes recurran ante la Audiencia sean los abogados de Piqué Vidal para reclamar la restitución de la situación acordada por la Generalitat.

Así las cosas, el asunto no ha hecho más que empezar y existe un precedente muy parecido, que no idéntico, un adjetivo que detestan los juristas. Fue el que se vivió con el financiero Javier de la Rosa, defendido en su día por Piqué Vidal.

En una de sus entradas en la cárcel, el que fue calificado de "empresario modelo" por Jordi Pujol, fue clasificado directamente en tercer grado penitenciario por la Administración penitenciaria catalana, entonces en manos de CiU. El fiscal recurrió y la justicia revocó aquella clasificación al considerar que no se daban las circuntancias que justificasen ese tratamiento. La respuesta de la Generalitat fue entonces aplicar el artículo 100.2 a De la Rosa para que estuviera en libertad durante todo el día y sólo acudiera a la cárcel a dormir. El fiscal volvió a recurrir y, de nuevo, otro tribunal distinto revocó esa aplicación por entender también que tampoco estaba justificada.

Apenas tres días después de esa decisión judicial, la Generalitat volvió a clasificar al financiero en tercer grado penitenciario al considerar que habían variado las circunstancias personales del afectado.

Y el caso de Piqué Vidal es sólo el principio. Más pronto que tarde llegará también el del ex juez Pascual Estevill, de 72 años de edad, quien está pendiente de clasificación por la junta de tratamiento de la cárcel.

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