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El Supremo prorroga el plazo para la sentencia de Jarrai hasta el 18 de enero

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo prorrogó ayer por 30 días hábiles el plazo para dictar la sentencia que debe resolver si la organización juvenil de carácter abertzale radical Jarrai, y sus sucesoras Haika y Segi, son una "asociación ilícita" o una "organización terrorista". El nuevo plazo acordado concluye el 18 de enero.

El Supremo señala como motivo para prorrogar el plazo ordinario de 10 días para dictar sentencia la "gran complejidad" del recurso, dado que la Sala tiene que dar respuesta a los 71 motivos de casación alegados por los 24 condenados, así como a la pretensión del Ministerio Fiscal y la acusación popular de la Asociación de Víctimas del Terrorismo de que Jarrai sea considerada organización terrorista y se eleven a 10 años de prisión las penas de dos años y medio y tres años y medio impuestas por la Audiencia Nacional a los recurrentes.

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El alto tribunal recuerda que la causa que deben estudiar los cinco magistrados que formaron el tribunal ha alcanzado un gran volumen, en torno a los 30.000 folios.

La Sala ha iniciado las deliberaciones y se ha reunido en días sucesivos desde la conclusión de la vista, el pasado día 16. Los magistrados han comenzado a examinar los recursos presentados por los 24 condenados y cuando acaben abordarán los del fiscal y la AVT, que son los que contienen la petición concreta de considerar a Jarrai organización terrorista.

En la vista del recurso, la fiscal de Sala Pilar Fernández Valcarce defendió que Jarrai "complementa a ETA" y por ello debe ser considerada organización armada, ya que utiliza artefactos incendiarios y explosivos que están considerados armas en el Código Penal. Posteriormente indicó que aunque la sentencia de la Audiencia Nacional no detalla acciones concretas de kale borroka de los activistas de Jarrai, ésta supera el delito de asociación ilícita.

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El abogado Iñigo Iruin pidió que no se extienda la definición de Jarrai al concepto de organización terrorista porque "quemar un cajero y matar a una persona son hechos distintos". También criticó la sentencia de la Audiencia Nacional por falta de pruebas contra los condenados.

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