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Reportaje:Siniestralidad laboral

Condenados por "delito de riesgo"

Un juez impone penas de cárcel por la falta de seguridad en una obra, aunque no hubo siniestro

El Juzgado de lo Penal número 15 acaba de dictar una novedosa sentencia -la primera de este tipo que se produce en Madrid, según fuentes judiciales- en la que se condena a tres meses de cárcel, por un "delito de riesgo" contra el derecho de los trabajadores, al encargado de una obra y a los dos representantes legales de la empresa Mepaltdrade, SL.

Esta constructora fue contratada por Renfe para reformar la cubierta del apeadero de la estación de Las Rozas. La sentencia es novedosa porque condena a una pena de cárcel a los directivos de una obra en la que se descuidaron las medidas preventivas de seguridad, a pesar de que no se había producido ningún accidente. Se les condena por un "delito de riesgo". Es decir, por vulnerar la obligación que tienen los responsables de las obras de velar por que los trabajadores cumplan las medidas de seguridad.

En febrero de 2004, un trabajador fue visto por inspectores de Trabajo en el tejado de la estación sin los oportunos cinturones de seguridad, "y con el consiguiente riesgo de caída al vacío", según se explica en la resolución judicial, dictada por la juez Dolores Ruiz Ramos.

La obra se desarrollaba en el apeadero de Renfe situado en la calle de San Sebastián, en Las Rozas. Uno de los trabajadores fue visto colocando tejas árabes sobre una cubierta que tenía una inclinación del 25%. Iba provisto de "un cinturón de seguridad con anclaje", pero éste no estaba enganchado "a la cuerda salvavidas".

El tejado estaba a una altura de ocho metros. Si el obrero se hubiese caído, las consecuencias habrían sido graves. "Se ha cometido un delito contra los derechos de los trabajadores por imprudencia grave. Aunque no se haya producido daño alguno", señala la juez, "[el operario] trabajó en unas condiciones de seguridad no adecuadas y con riego para su vida".

La única medida de seguridad que adoptó la empresa, el uso de cinturones enganchados a un cable fijo, "no fue debidamente vigilada y exigido su cumplimiento". Algunos trabajadores que realizaron trabajos en esa cubierta admitieron en el juicio que no siempre adoptaron las medidas de seguridad obligatorias.

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