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Un condenado a 34 años de cárcel por un doble asesinato sigue en libertad

Una magistrada de la Audiencia Provincial alega en un auto que la sentencia no es firme

F. Javier Barroso

Crisantos Monzón Rico, de 64 años, fue condenado hace menos de un mes por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid a 34 años de cárcel. Un jurado popular le encontró culpable de haber asesinado, junto a su hermano y un sobrino, a un constructor y a su hija en la localidad de Collado Mediano el 29 de diciembre de 2003. Sin embargo, el condenado no ha ingresado en prisión, pese a que las acusaciones particulares lo han pedido. La Audiencia argumenta que la sentencia no es firme.

La sentencia, cuya ponente fue la magistrada Carmen Compaired Plo, le condena a 16 años de cárcel por cada uno de los asesinatos y a otros dos años por tenencia ilícita de armas. Considera probado que Crisantos Monzón participó junto con su hermano y su sobrino en el crimen que costó la vida al constructor Ramón Luque Gómez, de 59 años, y a la hija de éste, Eva, de 27.

Los hechos ocurrieron sobre las 17.15 del 29 de diciembre de 2003, cuando los tres condenados fueron al chalé de Luque. Daniel Monzón Muñoz, de 30 años, se bajó del vehículo. Llamó a la puerta y le abrió Eva Luque. Según la sentencia, Daniel Monzón "súbitamente sacó el arma de fuego que portaba". Sin dar tiempo a reaccionar a las víctimas efectuó siete disparos que acabaron con la vida de padre e hija.

Una de las acusaciones particulares, en especial la del abogado Luis Miguel Gómez Briones, en representación de la viuda de Luque, solicitó el inmediato ingreso en prisión de Crisantos, ante el riesgo evidente de que el condenado se fugara. De hecho, presentó el pasado 12 de junio un escrito en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial para que se adoptara tal medida.

La ponente de la sentencia desestima la petición del letrado de la acusación por varios motivos. El penado había pagado con anterioridad la fianza impuesta por la Sección Tercera de la Audiencia. Además, comparece diariamente en el cuartel de la Guardia Civil de Navalcarnero. "Lo hace como ya se acordó en su día, teniendo la obligación éste de comunicar de forma inmediata cualquier anomalía en su cumplimiento", reza el auto de la magistrada.

"Teniendo en cuenta que la sentencia recaída en las presentes actuaciones no es firme, no hay en este momento procesal motivo suficiente para modificar la medida en su día acordada", concluye en ese aspecto el escrito.

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Esta resolución ha motivado enfado en la acusación particular, ya que ven muy posible que el acusado pueda huir en cualquier momento. "Lo lógico es que ingresara en prisión. Es muy difícil que en apelación quede exculpado, cuando un jurado y tres magistrados de la Audiencia Provincial han visto una culpabilidad tan clara", comentaron fuentes de la acusación. Igual situación se da en los allegados a las víctimas, que han mostrado su malestar por esta circunstancia, según fuentes próximas a los familiares. "Mientras Ramón y Eva están enterrados hace ya más de dos años, él [Crisantos] puede hacer lo que le dé la gana. A la familia le ha sentado muy mal", comentaron los allegados a los familiares.

Fuentes judiciales explicaron a EL PAÍS que "lo normal" en caso de producirse una sentencia condenatoria es que el condenado ingrese "de inmediato" en prisión y que no se espere a los recursos posteriores, ya que éstos pueden demorarse meses e incluso años. Otro factor que tampoco es causa para demorar el ingreso en prisión es la edad del penado (en este caso, 64 años).

Un caso similar se produce con el hermano de Crisantos, Daniel Monzón Rico, que está en prisión, ya que no pudo ingresar en el juzgado la fianza puesta por la Audiencia Provincial. En caso de que pudiera desembolsar esos 9.000 euros, también gozaría de libertad. La ponente también afirma que, como la sentencia no es firme, "tampoco procede la modificación personal del mismo". "Respecto del acusado Daniel Monzón Muñoz [hijo y sobrino de los otros dos acusados], que se encuentra en prisión desde el día 2 de febrero de 2004, procede mantener la resolución de esta sala de ingreso en prisión", añade el auto.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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