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Reportaje:

Vender fondos en 2006 tiene ventajas

El proyecto del nuevo IRPF encarece fiscalmente las ganancias en estos activos a partir del año próximo

La conclusión es clara: los impuestos que se pagan por las ganancias que se obtienen por la compra-venta de fondos de inversión con más de un año de antigüedad subirán como mínimo un 20% (pasan del 15% al 18%) si se mantiene la actual redacción del proyecto del nuevo IRPF para 2007. Para los titulares de participaciones en fondos de inversión adquiridas antes de 31 de diciembre de 1994, la carga fiscal aumentará en porcentajes muy superiores: incluso de no pagar nada se pasará a tener que hacerlo. Vender las participaciones a lo largo del presente ejercicio es la única alternativa para reducir el impacto tributario de los cambios legales anunciados si finalmente no se modifican en su tramitación.

Los más afectados serán quienes compraron estos activos antes de 1989. Hasta ahora gozaban de exención para sus ganancias presentes y futuras
Al particular con un tipo marginal inferior al 18% le conviene vender sus participaciones este año con independencia de su antigüedad
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Las ganancias patrimoniales de participaciones en fondos de inversión tributarán a partir del 1 de enero de 2007 al 18% con independencia de su plazo de generación, siempre y cuando hubieran sido adquiridas con posterioridad al 31 de diciembre de 1994. Para las participaciones compradas con anterioridad a esta fecha de referencia se establece un "especial" sistema fiscal.

En todos los casos, la venta de las participaciones ha de ser efectiva; su tributación se aplaza si el dinero se traspasa de un fondo de inversión a otro.

Éstas son las distintas situaciones que pueden darse y sus posibles repercusiones fiscales para el contribuyente:

1. Hoy por hoy, si se trata de participaciones en fondos de inversión adquiridas con posterioridad al 31 de diciembre de 1994, sus ganancias efectivas (no se traspasa el dinero de un fondo a otro) tributan a los tipos marginales de cada contribuyente (entre el 15% y el 45%) si no se han mantenido en el patrimonio al menos 12 meses.

Si el particular tiene un tipo marginal en el impuesto sobre la renta inferior al 18%, debe venderlas antes del cierre del año, tanto si cumplen en 2006 el año de antigüedad (pagará un 15%) como si no lo hacen (irán a su marginal).

Antigüedad y tipo marginal

Si el particular tiene un tipo marginal en el IRPF superior al 18% y sus participaciones a lo largo de 2006 "cumplen" el año de antigüedad, debe venderlas efectivamente antes de que éste se cierre. Sobre sus plusvalías se pagará un 15% de impuestos. Si no se cumpliera este plazo (las compradas el pasado mes de enero), lo más rentable fiscalmente es esperar a 2007 para lograr ese 18% fijo.

2. En la actualidad, las ganancias patrimoniales efectivas (no se traspasa el dinero) en fondos de inversión adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994 y logradas en un plazo superior al año tributan al 15%. En 2007, lo harán al 18%. Se encarecerán, por tanto, en un 20%. Venderlas efectivamente antes del cierre de este año es la única alternativa para evitarlo.

3. Para las participaciones en fondos de inversión adquiridas con anterioridad al 31 de diciembre de 1994, el nuevo IRPF establece un sistema especial que mantiene sólo relativamente los vigentes coeficiente reductores (llamados de abatimiento) y pivota sobre el valor patrimonial de estos activos al cierre de 2005.

Hoy por hoy, las ganancias que proporcionan a sus titulares este tipo de participaciones no tributan por su importe íntegro al 15% fijo. El importe de las plusvalías se reduce, a efectos fiscales, entre un 14,28% y también hasta en un ciento por ciento en función de su antigüedad (coeficientes de abatimiento).

Pues bien, si entra en vigor el nuevo IRPF en su redacción actual, éstos desaparecen aunque se mantiene un régimen provisional. Calcular las ganancias por las que habrá que tributar pasa a ser más complicado. Dos son los supuestos que hay que tener en cuenta para delimitar la tributación efectiva de estas plusvalías.

a) Si el valor de transmisión (venta) es mayor que su valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005, se calculará la ganancia inicial como diferencia entre este último y el precio de adquisición.

Sobre esta cantidad se aplicarán los coeficientes reductores a los que se tenga derecho y sobre la plusvalía no exenta de pagar impuestos, el 15% si se vende en el ejercicio 2006 y el 18% si se vende a partir del 1 de enero de 2007. Estos mismos tipos impositivos fijos (15% y 18%, según el año de venta) se cargarán sobre la cantidad que resulte de restar al precio efectivo de venta, el valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005.

b) Si el valor de transmisión (venta) es menor que su valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005, se calculará la ganancia inicial como diferencia entre el precio de venta (no su valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005 como en el caso anterior) y el precio de adquisición.

Sobre esta cantidad se aplicarán los coeficientes reductores a los que se tenga derecho y sobre la plusvalía no exenta de pagar impuestos, el 15% si se vende en 2006 y el 18% si se vende a partir del 1 de enero de 2007.

El cambio tributario propuesto supone, muy especialmente para los titulares de participaciones en fondos de inversión más antiguas, un claro encarecimiento fiscal (ver ejemplos).

Los más afectados serán los particulares que compraron este tipo de activos antes de 1989 y aún los mantienen en su patrimonio pues hasta hace unos días disfrutaban de una exención fiscal para sus ganancias presente y futuras. A partir de ahora, según el proyecto de IRPF, tributarán por las plusvalías registradas sobre su valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005.

Como en el ejercicio 2006 el tipo que se aplicará sobre éstas será del 15% mientras que en 2007 será el 18%, siempre será más rentable fiscalmente deshacer posiciones en los próximos meses.

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