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LA DIRECCIÓN DE CENTROS

Para todos los gustos

La Ley de Calidad de la Educación aprobada durante la etapa del anterior Gobierno del PP, la LOCE, dejaba al criterio de las comunidades la composición de los tribunales que eligen a los directores de centros públicos.

En los dos últimos años, las comunidades han ido poniendo en marcha el nuevo sistema de selección de directores que establecía la Ley de Calidad del PP, que en este punto sí entró en vigor. El mapa, por ahora, está así: cuatro comunidades (todas gobernadas por el PP en el momento de tomar esta decisión) optaron por dar la mayoría a la Administración. Se trata de Castilla y León, Galicia (ahora, PSOE-BNG), La Rioja y Madrid.

En el lado contrario, cinco comunidades decidieron dar más peso al claustro de profesores y al resto de miembros del consejo escolar: Aragón (PSOE), Canarias (CC), Cantabria (PSOE-PRC), Cataluña (PSOE, ERC e IU), Castilla-La Mancha (PSOE) y Andalucía (PSOE). Esta última es una de las que menos responsabilidad en la decisión ha dejado a la Administración: sólo el inspector del centro. El resto de miembros lo componen cinco profesores del claustro, el director saliente del instituto, dos padres, dos alumnos y un trabajador de administración y servicios.

Por el equilibrio entre Administración y centro optaron seis: Asturias (PSOE), Extremadura (PSOE), Murcia (PP), Navarra (UPN), Comunidad Valenciana (PP) y Baleares (PP).

Sólo el País Vasco decidió, finalmente, no aplicar la Ley de Calidad, una vez que los socialistas llegaron al poder y paralizaron esta norma en 2004. Así, el País Vasco ha seguido aplicando la Ley de Escuela Pública Vasca, de 1997, con lo que es únicamente el consejo escolar de cada centro el que elige a su director. La Confederación Laica de Padres de Alumnos (Ceapa), mayoritaria en la escuela pública, siempre ha optado por esta fórmula.

El Ministerio de Educación, ya con el Gobierno socialista, desarrolló en 2004 en Ceuta y Melilla, donde ostenta las competencias educativas, el modelo que finalmente se ha plasmado en la LOE: un tercio de miembros de la comisión, respectivamente, para la Administración, el claustro y los padres de alumnos.

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