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Una sentencia ratifica el bloqueo de licencias en el Montgó

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Alicante, ha dictado una sentencia que viene a dar la razón al Ayuntamiento de Dénia en su decisión de no conceder licencias de obra en la zona del Montgó y de Les Rotes en tanto en cuando los terrenos afectados no tengan la condición urbanística de solar.

Una empresa constructora (Top Stil Salvador SL) procedió a recurrir una decisión del consistorio dianense que no aceptó la petición de la constructora de eximirse en el pago del excedente urbanístico en una parcela. Alegaba la empresa que el solar estaba catalogado como Suelo Urbano Consolidado y por tanto daba derecho al propietario a patrimonializar el 100% de su edificabilidad, no teniendo que liquidar los más de 7.000 euros que le exigía el ayuntamiento como excedente urbanístico.

Es precisamente en la consideración de la parcela en cuestión donde radica la clave de la sentencia. El Ayuntamiento de Dénia alegó que los terrenos no tienen la condición urbanística de solar ya que carecen de alcantarillado, alumbrado y aceras. De este modo no pueden ser clasificados como suelo urbano consolidado por la urbanización pretendida.

Pues bien, el juzgado resuelve desestimar la demanda y justifica la aplicación que la Gerencia de Urbanismo viene dando en torno a las licencias. Esta postura ha vuelto a ser criticada por la Asociación de los Pequeños Promotores de Dénia, que exige el desbloqueo de más de 130 licencias solicitadas y no concedidas sobre las que como alternativa ofrece la construcción de fosas de oxidación en tanto en cuanto no esté construido el alcantarillado.

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