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La Audiencia Nacional condena a Altadis por contrabando cometido por un directivo

Un grupo de personas compraba cajetillas a 22 pesetas y ganó 31 millones de euros

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a Altadis (antes Tabacalera) como responsable civil subsidiaria de un delito de contrabando de tabaco cometido por el jefe del departamento de Exportación de la empresa, José María Martínez Ruiz, en connivencia con un grupo organizado de contrabando. El juzgado ha deferido la determinación de la cuota aduanera y tributaria defraudada por su empleado a la fase de ejecución de sentencia. La organización obtuvo con el contrabando beneficios de más de 31 millones de euros (5.185 millones de pesetas).

La sentencia condena a 12 integrantes de un grupo organizado dedicado, por una parte, a la introducción clandestina y masiva de labores de tabaco de procedencia extracomunitaria en territorio español, y por otro, a la adquisición a Tabacalera (antes de denominarse Altadis) de diferentes partidas de tabaco con destino declarado a la exportación, pero que realmente se desviaban al mercado clandestino nacional para su posterior venta a otros países comunitarios.

Esta segunda forma operativa, consistía en contactar con Tabacalera a través de intermediarios y hacer figurar como adquirentes a empresas ficticias con sede en países no comunitarios que aparentaban comprar el tabaco con destino a la exportación. Es decir, a través de una empresa ficticia como Imexpa, con domicilio social declarado en Tetuán (Marruecos), se adquirían miles de cajas de tabaco con destino final declaro en Angola. Pero la mercancía nunca salía legalmente de España, sino que era desviada al mercado comunitario, generalmente el británico.

Las ganancias obtenidas por la organización entre 1997 y 1998 ascendieron a 5.185 millones de pesetas (31,1 millones de euros), por la compra a Tabacalera de más de 18 millones de cajetillas de Láser a un precio de 22 pesetas, que luego vendían en el mercado comunitario a 275 pesetas. Al mismo precio y con el mismo margen de beneficio adquirieron otros dos millones de cajetillas de Montecristo y más de 301.430 de Sunset.

Sentencia recurrida

Según la sentencia, que ha sido recurrida por la empresa, José María Martínez, como jefe del departamento de Exportación de Tabacalera, era quien "a sabiendas de que la exportación era ficticia, encargaba la producción del tabaco" en la correspondiente fábrica de Tabacalera en Logroño o Tarragona. La mercancía circulaba amparada por documentos administrativos hasta naves alquiladas para ser desviada al mercado clandestino.

El juez central de lo penal, José María Vázquez Honrubia, explica que el jefe de Exportación de Tabacalera conocía la ilicitud del destino final del tabaco dado que otro de los contrabandistas, Javier Pastor, declaró que Martínez, que salió de la empresa, exigía el pago de comisiones, que se ingresaron en un banco de Andorra. Pastor se retractó después, pero en el sumario constan anotaciones suyas de "José María, 5 ptas. por cajetilla" o que percibió de una sociedad instrumental, Elissair, "cinco dólares por caja". El juez añade que el Abogado del Estado estuvo "acertadísimo" al presentar una orden de fábrica firmada por Martínez en la que especificaba que "los estuches no incorporarán ningún precinto, ni fiscal ni de export".

El juez deduce la responsabilidad civil subsidiaria de Altadis de una sentencia del Supremo de 2004 según la cual, "la empresa responde si uno de sus empleados produce un daño a tercero por una actividad ilícita realizada dentro de su ámbito organizativo y dentro de sus funciones".

Vázquez Honrubia considera obvio que Martínez cometió el delito precisamente por su cargo y funciones en la tabaquera, y añade que "no es de recibo que esta sociedad manifieste que el tabaco vendido a los hoy confesos contrabandistas es una parte ínfima de su volumen de negocio".

Tras subrayar la actuación "altamente encomiable" de la Ucifa (el grupo fiscal y antidroga de la Guardia Civil), del juzgado de Baltasar Garzón y la Fiscalía Anticorrupción, el magistrado condena a Martínez a una pena de un año de prisión y una multa de 68,6 millones de euros, declarando expresamente la responsabilidad civil de Altadis sobre la deuda aduanera y tributaria que corresponda a su empleado, "sin perjuicio de aportar la cantidad que de mutuo acuerdo puedan convenir la representación del Estado y la sociedad declarada civilmente responsable".

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