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Condenada una comunidad de propietarios a pagar 210.00 euros por impedir la instalación de un café teatro

La Audiencia de Vizcaya ha condenado a una comunidad de propietarios de Ermua -integrada por unos 90 vecinos- a pagar 210.000 euros, intereses incluidos, a los propietarios de un local por impedir, durante cuatro años, que instalaran un café teatro para el que disponían de licencia municipal. La sentencia confirma la resolución dictada por el Juzgado de Durango que consideró "intransigente" y "abusiva" la actuación de la copropiedad.

En diciembre de 1991, según el relato de hechos, los usufructuarios del local firmaron un contrato de arrendamiento con tres personas hasta septiembre de 2001. Los inquilinos, con la oposición de la copropiedad, emprendieron entonces las gestiones necesarias para instalar un café teatro y lograron la licencia municipal en mayo de 1993. Los vecinos recurrieron al consistorio sin éxito y acabaron por impugnar la resolución ante el Tribunal Superior de Justicia. El recurso también fue desestimado en 1997.

Pero para entonces habían logrado frenar este proceso en el que se han solapado varios procedimientos judiciales y obstáculos de diversa índole. Para empezar, tras la concesión de la licencia se iniciaron las obras y los vecinos trataron de paralizarlas con la interposición de un interdicto de obra nueva, que fue estimado por el Juzgado de Durango y ratificado por la Audiencia. Después, en diciembre de 1994, celebraron una Junta Extraordinaria para tratar sobre la concesión del permiso de instalación del café teatro, sin tomar ninguna decisión. El propietario de la lonja decidió entonces intervenir e interponer una demanda y los jueces le dieron la razón.

El tribunal señala que la comunidad es "responsable" de los perjuicios causados al impedir la explotación del café porque "negligentemente no adopta un acuerdo de autorización de las obras" pese a "que no hay motivo para ello (...) obligando al propietario a acudir a la vía judicial para obtener la autorización". Por eso condena a la copropiedad a abonar 178.000 euros, 210.000 con intereses. Como copropietarios, los dueños del café también deberán pagar su parte, pese a ser los perjudicados.

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