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El Tribunal Superior vasco reabre el 'caso Atutxa' al percibir indicios de desobediencia

La Sala Penal estima "inaceptable" que la juez instructora cuestionase la resolución del Supremo

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco revocó ayer el archivo de la causa penal abierta contra el presidente del Legislativo autónomo, Juan María Atutxa, y dos parlamentarios más por supuesta desobediencia al negarse a disolver el grupo parlamentario heredero de Batasuna, Sozialista Abertzaleak (SA). La Sala Penal del alto tribunal vasco aprecia "indicios racionales de criminalidad" y "verosímiles sospechas" de que Atutxa (PNV), Gorka Knörr (EA) y Kontxi Bilbao (EB) "desoyeron" la orden del Supremo, "negándose" a disolver SA. La sala sobresee la causa para otros tres parlamentarios imputados y censura a la juez instructora por cuestionar la sentencia del Supremo. Además, califica de "volátil" la actitud de la fiscalía.

El auto del Tribunal Superior vasco estima el recurso presentado por el colectivo de funcionarios Manos Limpias contra el archivo de la causa decidido el pasado 28 de diciembre por la juez instructora del caso, Nekane Bolado. El sindicato alabó ayer la "independencia" del tribunal y censuró la actitud del ministerio público. La resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio García, subraya en una de sus 24 páginas, que en "su actuación [la Fiscalía] ha destacado por el criterio volátil que ha puesto de manifiesto".

La Fiscalía General del Estado, pese a haber impulsado la querella desde sus inicios, no recurrió el archivo. Ayer anunció en un comunicado que tampoco piensa acusar ahora. "Este criterio [no recurrir] no se considera desvirtuado por los argumentos de la Sala, que se respetan pero no se comparten", indica el órgano que dirige Cándido Conde-Pumpido, informa Julio M. Lázaro.

Pero lo que realmente consideran "inaceptable" y ha causado "verdadera perplejidad" a la Sala, formada por el presidente del Superior, Fernando Ruiz-Piñeiro, Roberto Sáiz y el ponente, fueron las invectivas de la instructora al Supremo en su auto de archivo. La magistrada Bolado criticó al Supremo por "vulnerar derechos fundamentales" de SA, como la tutela judicial efectiva o generar indefensión, y por confundir partido y grupo parlamentario en la ejecución de la sentencia por la que la Sala 61 del Supremo ilegalizó en marzo de 2003 Batasuna, HB y EH.

El Tribunal Superior critica ahora a Bolado por inmiscuirse en terrenos que le están vedados. "Es inverosímil que se puedan albergar dudas sobre la legitimidad y ejecutividad de lo resuelto y consecuentemente ordenado, e inaceptable, desde luego, que el órgano instructor pretenda cuestionar lo decidido por el Supremo", dice el ponente. A la juez sólo le queda "prestar el debido acatamiento" a una sentencia firme porque, en el "Estado de derecho, el sometimiento a las decisiones firmes de un tribunal es una necesidad".

La instructora justificó el archivo al no haber existido por los seis imputados una "negativa abierta, tajante y concluyente" a obedecer al Supremo.

Cruce de comunicaciones

La Sala dedica buena parte del auto a enumerar el cruce de comunicaciones entre Atutxa y la Sala Espeical del Supremo entre el 24 de abril y el 30 de octubre de 2003. En ellas, el primero explica la "imposibilidad" de cumplir la orden de disolver el grupo y defiende la autonomía de la Cámara, mientras que el Supremo declara nulas todas las decisiones adoptadas por la Mesa del Parlamento y la Junta de Portavoces, para evitar los "artificios" de ambas para no disolver SA. Entre esos "artificios", se encontraría la resolución general de Presidencia aprobada por la Mesa del Parlamento el 5 de junio por PNV, EA, EB y PSE para dar cumplimiento a la disolución de SA, rechazada al día siguiente por la Junta con los votos de PNV, EA y la propia SA.

La Sala, tras analizar esas actuaciones, concluye que la Mesa no cumplió las órdenes del alto tribunal, "desoyendo cuanto era ordenado" y "negándose a aceptar desde el primer momento que una resolución judicial pudiera disolver por sí un grupo parlamentario". Es precisamente la postura mantenida por los miembros de la Mesa "la que ha propiciado que no tenga efectividad" la decisión de disolver el grupo heredero de Batasuna. Por contra, la instructora entendió que los imputados nunca tuvieron intención deliberada de desobedecer al Supremo y que buscaron, sin éxito, la fórmula para cumplir esa orden. Y que nunca hubo "confabulación" entre los miembros de la Mesa y los de la Junta de Portavoces. El ponente replica que, pese a las reiteradas órdenes y decisiones del Supremo, "ningún cambió se advierte" en Atutxa , Knörr y Bilbao, que se limitan simplemente, "permaneciendo pasivos, a no hacer nada". Para la Sala, resulta obvio que para ellos no ha tenido "ninguna importancia" la orden del Supremo, pese a ser "de obligado cumplimiento". "Nada de ello ha servido para que Atutxa, Knörr y Bilbao, que han permanecido pasivos, reconsiderasen su postura, reaccionando con la evidenciada intención de cumplir y atender de forma completa y debida lo judicialmente ordenado", añade el auto.

"Sindicato ultraderechista"

Todo ello refuerza "aún más si cabe" la convicción del tribunal de que en este momento procesal no es posible "negar la existencia de indicios racionales de responsabilidad criminal" de los tres. Atutxa anunció ayer un recurso al Constitucional, Bilbao vio "connotaciones políticas" en la decisión judicial, mientras que Knörr se sorprendió de que la Sala estime el "recurso de un sindicato ultraderechista".

Por contra, la Sala no extiende la desobediencia a los otros tres imputados miembros de la Junta de Portavoces -Joseba Egibar (PNV), Rafael Larreina (EA) y Antton Morcillo (ex parlamentario de Batasuna)- porque eran los miembros de la Mesa los "directamente concernidos por lo ordenado" por el Supremo, que en "ningún momento ha dirigido algún tipo de mandato, orden o requerimiento" a los de la Junta de Portavoces. Por ello no cabe atribuir "ninguna responsabilidad por desobediencia".

El tribunal devuelve ahora la causa a la instructora para que dé traslado a las partes y soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación, el sobreseimiento de la causa o "excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias".

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