_
_
_
_
Reportaje:

Apartamentos demasiado mínimos

El TSJ confirma la negativa a conceder licencia para construir tres viviendas de menos de 24 metros cuadrados

Apartamento de 24 metros cuadrados en Torrevieja con aseo que incluye bañera y, si no cabe, ducha. Así, más o menos, pretendía despachar el asunto Olegario Hernández cuando le fueron denegadas por el Ayuntamiento las licencias para construir tres apartamentos minúsculos. No contento con la respuesta de la Corporación municipal, decidió llevar el asunto hasta el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que tampoco ha admitido "los pisitos" y ha considerado, según consta en la sentencia, una falta grave por tratar de construir por debajo de las medidas que establece la ley. Los pisos no tenían siquiera los 24 metros cuadrados que fija la legislación como mínimo para considerar una vivienda habitable.

El 9 de agosto de 2002 Hernández de Prado solicitó una licencia que le fue desestimada. El interesado acudió entonces al tribunal de primera instancia. La respuesta fue la misma. Y decidió recurrir al TSJ con el argumento de que el "pequeño déficit superficial" que suponían las medidas reales de los apartamentos -de 22,60 metros cuadrados, 23,20 metros cuadrados y 23,60 metros cuadrados- en relación con la mínima permitida, 24 metros cuadrados, se resolvía cambiando la bañera por una ducha.

Para el tribunal, que recuerda en el fallo que es una norma de la Generalitat la que fija en 24 metros cuadrados la superficie mínima, "se trata de que las viviendas cuya legalización se pretende no alcanzan la superficie mínima normativa establecida. Sin duda se trata de una infracción grave". Pero además, considera la sala del TSJ que "tal infracción sí causa un daño a los intereses generales, pues en definitiva se pretende hacer pasar como una vivienda lo que no reúne las medidas superficiales mínimas". Para el tribunal "la infracción sí afecta al interés general y no con escasa entidad".

El TSJ ha desestimado así el recurso de Hernández de Prado contra la primera sentencia que amparó la negativa a la concesión de las licencias de obras y le condena a pagar las costas derivadas del recurso.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_