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El jurado declara por unanimidad culpable de dos asesinatos al acusado del 'caso Putxet'

El tribunal popular aprecia ensañamiento y alevosía en los dos crímenes del aparcamiento

Culpable, por unanimidad, de dos asesinatos y dos robos. Ése fue el veredicto que emitió en la tarde de ayer el jurado, compuesto por ocho hombres y una mujer, que desde el pasado día 9 han juzgado en la Audiencia de Barcelona a Juan José Pérez Rangel, de 26 años, acusado de haber matado de forma muy violenta a dos mujeres en el interior de un aparcamiento del barrio del Putxet de la capital catalana en enero de 2003. Tras la lectura del veredicto del tribunal popular, la fiscalía volvió a reclamar del presidente del tribunal la imposición de una condena que suma 56 años de prisión.

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Pasadas las 17.30 horas de ayer y después de más de un día de deliberaciones, el portavoz del tribunal popular inició la lectura del de las 43 preguntas del veredicto que les había planteado el magistrado presidente, Gerard Thomas. Sólo en cuatro de esas cuestiones el resultado fue de siete votos a dos, el mínimo que marca la ley para declarar la culpabilidad o declarar probado un hecho que resulta desfavorable para el acusado. En el resto de preguntas, el jurado fue implacable y la votación fue unánime de nueve votos a cero.

El portavoz leyó también, a propuesta del juez, los argumentos en base a los cuales emitía ese pronunciamiento. Es decir, la motivación del veredicto, una circunstancia que no siempre se produce en los juicios con tribunal popular y que puede provocar después la anulación de la sentencia por una instancia judicial superior, como ocurrió en el caso de Rocío Wanninkhof.

Así, el jurado declaró culpable por unanimidad a Pérez Rangel de haber asesinado a Maria Àngels Ribot el 11 de enero de 2003, cuando la mujer estacionó su vehículo en el plaza número 15 de la planta 4 del aparcamiento situado en en el número 28 de la calle de Beltrán de Barcelona. Según el veredicto, la mujer fue abordada en la escalera y el agresor la apuñaló en la zona costal y el abdomen.

Posteriormente la condujo al rellano de la quinta y última planta, donde recibió "múltiples" golpes en la cabeza con un objeto de base cuadrangular compatible con un martillo de encofrador. A causa de los golpes, Ribot sufrió múltiples fracturas en el cráneo y pérdida de masa encefálica. Murió en el acto. El jurado considera que la mujer intentó defenderse y que a consecuencia de eso sufrió heridas profundas en las manos causadas con una navaja y con el citado martillo.

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Por siete votos a dos el jurado declaró que el agresor buscó intencionadamente que la víctima no pudiera defenderse (alevosía) y que aumentó intencionadamente su sufrimiento de forma innecesaria (ensañamiento).

El jurado también declaró probado que a los pocos minutos de matar a la mujer, el agresor le robó el bolso que contenía sus tarjetas de crédito y que con una de ellas logró extraer 300 euros de un cajero automático. La tarde del mismo día del crimen, Pérez Rangel intentó realizar otros dos nuevos reintegros con esas tarjetas, pero no lo logró.

Del mismo modo, el jurado declaró probado por unanimidad que la tarde del 22 de enero de 2003, el acusado asaltó a Maria Teresa de Diego, después de que ésta hubiese estacionado su vehículo, también en la plaza número 15, pero en la planta primera del mismo aparcamiento. La víctima fue conducida al mismo lugar del primer crimen, donde el agresor le colocó unos grilletes en las manos por la espalda y los ató a una barandilla. Después le taponó la boca con una bola realizada con papel de periódico y le ató los pies con el cordón de un zapato. Del mismo modo, el agresor le colocó una bolsa de basura en la cabeza atada con una cuerda que, a su vez, servía de mordaza.

En esas condiciones, dice el veredicto del jurado por unanimidad, el agresor le propinó "no menos de 12 golpes" en la cabeza con el mismo martillo de base cuadrangular utilizado por los encofradores, "primero con poca fuerza en la zona occipital, para aumentar el sufrimiento" de la mujer "antes de su muerte por golpes más intensos". El jurado afirma, en este caso por unanimidad, que Pérez Rangel buscó intencionadamente que Maria Teresa de Diego no pudiera defenderse y que aumentó también a drede el sufrimiento de la mujer de forma innecesaria para lograr su fin de causarle la muerte. El agresor también le robó el bolso e intentó sin éxito en dos ocasiones extraer dinero.

También por unanimidad el jurado se mostró contrario a que se deje en suspenso la pena y a que se proponga al Gobierno el indulto. Estas dos preguntas son obligatorias en todos los juicios con tribunal popular.

Al acabar la lectura del veredicto, la fiscal solicitó del magistrado una condena de 25 años de cárcel por cada uno de los asesinatos y tres por cada uno de los robos. La defensa se limitó a reclamar "la pena mínima" que marca la ley. Con el pronunciamiento del jurado, la calificación jurídica es que fueron dos asesinato agravados, delitos castigados con penas de 20 a 25 años.

Juan José Pérez Rangel, a su llegada a una de las sesiones del juicio.
Juan José Pérez Rangel, a su llegada a una de las sesiones del juicio.CARLES RIBAS

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